Consumo
Facua denuncia al Interestelar por impedir la entrada de alimentos al festival o cobrar hasta 30 euros por personalizar el abono
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Facua-Consumidores en Acción ha denunciado ante la Dirección General de Consumo y Mercados de Abastos del Ayuntamiento de Sevilla a Interestelar Sevilla AIE, promotora del festival Interestelar, que se celebra el 17 y 18 de mayo en la capital hispalense, por no permitir acceder al recinto con comida y bebida del exterior, cobrar hasta 30 euros extra por personalizar el abono con los datos de los asistentes y “quedarse con parte del dinero no consumido de las pulseras cashless”.
Así lo anunció este lunes la asociación en un comunicado en el que recordó que ya denunció en 2022 y en 2023 a la promotora del evento por “impedir” el acceso con comida y bebida de fuera entre otras “irregularidades”, lo que “derivó” en la apertura de un expediente sancionador por importe de 12.000 euros por parte del Ayuntamiento de Sevilla, si bien la entidad reconoció que, “a día de hoy”, el consistorio todavía no le ha informado sobre “si ha resuelto o no dicho expediente sancionador”.
En este contexto, la organización puntualizó que ha podido “comprobar” que en la web del evento, en el apartado de ‘Info‘, hay una sección en la que se informa de que “la personalización de las entradas es gratuita durante los primeros 20 días desde que se realiza la compra”, si bien una vez pasado ese plazo realizar un cambio de datos en la entrada “supone un coste de 20 euros de forma online y en el caso de que el cambio de nombre se tuviese que hacer por el personal del centro de incidencias del festival tendrá un incremento de 10 euros”.
“La empresa organizadora debería garantizar que la entrada de cada persona esté debidamente personalizada con nombre y apellidos al momento de acceder al festival, por lo que este cargo podría ser abusivo, pues dicha personalización debería venir de base con el hecho de adquirir la entrada”, subrayó Facua.
PULSERA
En paralelo, explicó que, en el apartado de ‘Pulsera cashless‘ publicado en la web del evento aparece una cláusula según la cual, una vez finalizado el festival, los asistentes podrán solicitar la devolución del saldo restante que queda en la pulsera "desde el miércoles 22 de mayo a las 00.00 horas hasta las 23.59 horas del martes 4 de junio de 2024 siempre y cuando el importe sea superior a tres euros y haya sido recargado durante el festival de manera online o en las taquillas, descontando tres euros de gastos de gestión por la prestación del servicio de devolución”.
“El reembolso podrá solicitarse a través de la web oficial del festival y el saldo gratuito de la ‘promo bebida’ no es reembolsable”, según puntualizó Facua en relación a la información que recabó de la web del festival.
A su juicio, existe un “claro desequilibrio entre las partes”, por lo que defendió que se trata de una práctica “abusiva” en base a lo dispuesto en el 82.1 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.
Junto a ello, criticó que otro “incumplimiento” de la normativa vigente es la “imposición” de la pulsera cashless como “único método de pago en el festival, incluyendo los stands de hostelería”.
PAGO EN EFECTIVO
“La ley recoge que es infracción en materia de defensa de los consumidores y usuarios la negativa a aceptar el pago en efectivo como medio de pago dentro de los límites establecidos por la normativa tributaria y de prevención y lucha contra el fraude fiscal”, apostilló.
Asimismo, estimó que la promotora del festival Interestelar “está cometiendo varias infracciones” en materia de consumo al introducir “cláusulas abusivas por falta de reciprocidad” en virtud de lo regulado en la Ley 13/2003 de 17 de diciembre, de Defensa y Protección de los Consumidores y Usuarios de Andalucía.
Por último, denunció que la mercantil Interestelar Sevilla AIE “vuelva un año más a no permitir a los asistentes acceder al interior del recinto con bebida o comida de fuera”.
“Al haber establecido de forma unilateral estas limitaciones a la admisión de los usuarios, el organismo dependiente del Área de Comercio y Turismo del consistorio sevillano expuso que en el evento se infringió el artículo 7.2 de la Ley 13/1999 de 15 de diciembre, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Andalucía”, sentenció Facua.
Por todo ello, ha vuelto a dirigirse a la Dirección General de Consumo y Mercados de Abastos del Ayuntamiento de Sevilla para pedirle que abra un nuevo expediente sancionador a la empresa promotora del festival Interestelar por cometer “varias infracciones” en materia de consumo.
(SERVIMEDIA)
13 Mayo 2024
MJR/clc