Tribunal Supremo

Confirman la pena para un militar que falsificó la firma de un coronel condenado por el 23-F para amenazar a un ministro y a dos diputados

- Los hechos tuvieron lugar en 2015

Madrid
SERVIMEDIA

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la condena a un año y siete meses de prisión a un capitán del Cuerpo Jurídico Militar destinado en la Guardia Civil por falsificar la firma de un coronel condenado por su implicación en el intento de golpe de Estado del 23-F en cuatro cartas amenazantes que envió en 2015 al entonces ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz, y a los diputados Cayo Lara y Alberto Garzón, en las que se quejaba del partido político Podemos y de las consecuencias de su llegada al poder.

El tribunal desestimó el recurso de casación interpuesto por el condenado contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid, que le impuso la citada pena de prisión por un delito continuado de falsificación de documentos privados, inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, así como el pago de una indemnización de 1.000 euros al coronel de la Guardia Civil Vicente Javier Carricondo Sánchez, cuya firma falsificó.

Según los hechos probados, el capitán condenado, con la finalidad de “dañar la fama y la reputación” del coronel de la Guardia Civil Vicente Javier Carricondo Sánchez, confeccionó cuatro cartas de forma que pareciera que habían sido redactadas y firmadas por éste. Envió dos de ellas al ministro del Interior, advirtiéndole de las consecuencias de una victoria electoral de Podemos y de reconducir “manu militari” la dirección del gobierno de España.

También envió sendas cartas a Cayo Lara y a Alberto Garzón, que entonces eran diputados. En todas las misivas, fechadas el 23 de febrero (aniversario del intento de golpe de Estado) excepto una, el condenado transpuso la firma del coronel de la Guardia Civil Vicente Javier Carricondo, que obtuvo de un documento que figuraba en la página web de la contratación del Estado.

En la sentencia, ponencia del magistrado Andrés Palomo del Arco, se recuerda que la Subdirección General de Coordinación de la Contratación Electrónica informó que desde siete direcciones IP se había realizado alguna conexión con la dirección URL donde figuraba el documento del que se obtuvo la firma.

Además, explica que en la diligencia de entrada y registro practicada en su domicilio se intervino un pen drive en el que aparecía un archivo titulado “CARRICONDO”, que pudo ser recuperado pese a que había sido borrado, al que se accedió desde la IP usada por el recurrente. De dicho documento pericialmente se obtuvo la firma utilizada en las cartas, remitidas desde Madrid.

(SERVIMEDIA)
26 Oct 2021
MGN/clc