Sentencia del 'procés'

El Supremo confirma que el objetivo del líder de la ANC era “bloquear” y “desprestigiar” la actuación judicial y policial el 20-S

MADRID
SERVIMEDIA

La Sala Segunda del Tribunal Supremo asegura que el objetivo del que fuera líder de la ANC durante el 'procés' en 2017, Jordi Sànchez, era “bloquear”, “poner trabas”, “hostigar” y “desprestigiar” la actuación judicial y policial el 20-S durante los registros en la Consejería de Economía.

Según recoge la sentencia, que condena al líder de la ANC a 9 años de prisión por el delito de sedición, Sànchez asumió de forma voluntaria y con la aquiescencia del conseller Forn, que le confirió el rango de interlocutor, la promoción y el liderazgo de la concentración que tuvo lugar el día 20 de septiembre de 2017, a las puertas de la sede de la Vicepresidencia y Consejería de Economía.

Su actitud en el desarrollo de los acontecimientos, coherente con su estrategia sediciosa, no era otra que la de dificultar y bloquear la actuación judicial. Sin duda, señala la sentencia, apostaba por dificultarla, ponerle trabas, hostigar y, por supuesto, desprestigiar ante la ciudadanía, tanto el ejercicio de la función jurisdiccional por magistrados del poder judicial español como la labor de los agentes de la Guardia Civil que, en funciones de Policía Judicial trataban de ejecutar la orden de registro.

De su liderazgo, consideran los magistrados, habla el desenvolvimiento y hasta el desparpajo con el que se dirigió a algunos de los mandos policiales que pretendieron asumir su función. Sánchez, subrayan, "disponía sobre lo que procedía o no hacer". En este sentido, rehusó una eventual desconvocatoria y mostró reticencias ante la necesidad de abrir un pasillo más amplio, o de establecer un perímetro más ancho, negándose a ello aduciendo imposibilidad de abrir espacios más holgados.

MENSAJES INCENDIARIOS

Asimismo, para la sala queda acreditado que indicó que no era posible una retirada parcial de los concentrados y que recurrió a un tono incendiario en algunos de sus mensajes como "han declarado la guerra". "La actuación del acusado como líder de la ANC fue absolutamente necesaria para la ejecución de los planes sediciosos. Su contribución, desde luego, no se limitó al liderazgo en las movilizaciones multitudinarias que tuvieron lugar los días 20 y 21 de septiembre en la sede de la Vicepresidencia y Consejería de Economía y Hacienda y a las puertas del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña".

El apoyo activo de la institución que presidía a los planes de los coacusados, al menos, desde la fecha en que asumió la presidencia de la ANC, 16 de mayo de 2015, ha quedado absolutamente acreditado, así como su concertación, pese a no formar parte del Gobierno, con el resto de los acusados.

Además, el tribunal recuerda que nadie ha sido acusado, juzgado o sancionado por "limitarse a votar" sino por oponerse de forma activa a la actuación de la policía, impidiendo ejecutar un mandato judicial a Mossos d’Esquadra, Policía Nacional y Guardia Civil.

(SERVIMEDIA)
14 Oct 2019
ICG/SGR/gja