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La CNMC archiva la denuncia de Uteca contra ‘La Revuelta’ por la emisión de comunicaciones comerciales

MADRID
SERVIMEDIA

RTVE informó este lunes de que la Sala de Supervisión Regulatoria de la Comisión Nacional de Mercados y la Competencia (CNMC) archivó, en un acuerdo fechado el pasado 26 de marzo, la denuncia de la Unión de Televisiones Comerciales en Abierto (Uteca) sobre la emisión por parte de la Corporación de comunicaciones comerciales en el programa ‘La Revuelta’.

La sala analizó el cumplimiento de los “límites establecidos” en la Ley de Financiación de la Corporación y concluyó que el espacio dirigido por David Broncano “presenta sus contenidos con un enfoque cultural/divulgativo y pone al alcance del público aspectos relacionados con la cultura”. Por ello, estimó que el espacio “se encuentra comprendido en la noción de programa cultural a los efectos del artículo 7.2 b de la LFCRTVE”.

En su escrito, la CNMC destacó que “los contenidos de un programa de entretenimiento además de entretener podrán permitir el acceso al conocimiento de la cultura, satisfacer las necesidades culturales de la población o tener carácter cultural” y recordó que “la LGCA no define qué es un programa cultural, ni puede negarse que un programa cultural sea también de entretenimiento ni que un programa de entretenimiento sea al mismo tiempo cultural”.

Por último, estimó que la obligación de promoción cultural de RTVE “puede cumplirse tanto con programas con un enfoque cultural/divulgativo como con otro tipo de programas con un contenido fuerte y directamente relacionado con alguna disciplina cultural”.

La CNMC analizó “con detalle” el programa denunciado por Uteca, emitido el 10 de febrero de 2025, en el que recordó que “se habló de los capibaras, del walking football o del síndrome de Angelman reconocido como una enfermedad rara” y se entrevistó al actor Salva Reina y a la selección española de Rugby.

La CNMC constató que el programa “reserva un destacado espacio y da visibilidad con ello a personas anónimas que presentan proyectos o actividades que son, de este modo, conocidos por el gran público”. Además, constató que realiza entrevistas a personajes de actualidad en ascenso o consolidados de distintos ámbitos culturales”.

“Con un formato imprevisible y desenfadado, el programa cuenta con contenidos culturales que permiten acercar la cultura al público y contribuir a la formación y apreciación cultural del espectador, a la difusión cultural y a la promoción del patrimonio cultural”, señaló la CNMC.

Sobre la segunda alegación de Uteca referida a que el spot emitido en dicha fecha no estaba asociado al patrocinio, señaló la CNMC que de la comunicación remitida por RTVE “se ha podido comprobar que existe una vinculación directa entre las caretas de patrocinio y el spot publicitario del patrocinador al existir una contratación conjunta de ambas comunicaciones”, por lo que no existe “ningún elemento indiciario de incumplimiento de lo contenido en el artículo 7.2 b de la LFCRTVE”.

(SERVIMEDIA)
06 Abr 2026
JNV/clc