Función Pública
CSIF cree que el fallo del Supremo sobre los interinos constata el abuso de la temporalidad en la Función Pública
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CSIF consideró que el fallo del Tribunal Supremo sobre los interinos constata que “se sigue produciendo abuso de la temporalidad” en las administraciones públicas.
El sindicato evitó pronunciarse más sobre el fallo hasta conocerlo, pero consideró que la información que ha trascendido este martes coincide con su “denuncia de abuso de temporalidad en el sector público”.
El Supremo falló que solo serán fijos aquellos empleados temporales que hayan superado una prueba para la contratación de personal fijo. También argumentó que la contratación de estos trabajadores temporales y su conversión en fijos sin superar unas pruebas sujetas “a los principios de igualdad, mérito y capacidad” vulneraría la Constitución Española y el Estatuto Básico del Empleado Público, e impediría el acceso al empleo público de los restantes ciudadanos.
El Tribunal solo contempla la conversión en fijos cuando la persona haya participado en una prueba selectiva para la contratación de personal fijo y la haya superado pero no haya obtenido plaza porque el número de aspirantes que ha demostrado su capacitación sea superior al número de plazas ofertadas, si después suscribe contratos de duración determinada y se produce un abuso en la temporalidad.
En ese caso, no resultaría contra la ley la conversión de ese contrato temporal en fijo, porque el trabajador habría participado “en una prueba de acceso al empleo público fijo conforme a los requisitos de igualdad, mérito y capacidad”. Además, la ulterior vulneración de la Cláusula 5 del Acuerdo Marco sobre el trabajo de duración determinada, que evidencia una necesidad estructural de trabajadores, obliga a dicha conversión.
CSIF calcula que unas 125.000 personas continúan en abuso de temporalidad, dado que el 23% de las plazas ofertadas a estabilización aún no han sido cubiertas.
Además, el sindicato advirtió de la tasa de temporalidad continúa estancada en el 30%, según el Instituto Nacional de Estadística (INE), el doble que en el sector privado, en torno a un millón de personas, y muy alejada del 8% que establece la ley de Temporalidad.
Por otro lado, el Supremo señaló una de las medidas adecuadas para prevenir y reparar el abuso en la temporalidad y garantizar la eficacia de la Cláusula 5 del Acuerdo Marco sobre el trabajo de duración determinada es el abono de una indemnización calculada conforme a los criterios fijados en sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre los interinos.
La otra medida es la remisión del testimonio de la sentencia en la que se constate que se ha producido un abuso en la temporalidad a la Inspección de Trabajo y de la Seguridad Social para que inicie el correspondiente procedimiento sancionador. El fallo de la sentencia del Supremo se adelantó a las partes y su contenido íntegro se conocerá próximamente.
CSIF exigió regular en el ordenamiento jurídico española “sanciones ejemplares, claras, concretas y aplicables” para los responsables de las administraciones que sigan abusando de la contratación temporal.
“Pedimos que este tipo de sanciones vayan más allá de la mera responsabilidad administrativa y recaigan sobre los máximos responsables de aquellas administraciones que incumplan”, expresó en un comunicado.
(SERVIMEDIA)
12 Mayo 2026
NFA/gja


