Cataluña

El CGPJ ampara al juez Llarena ante el “ataque planificado” a su independencia de los procesados huidos

MADRID
SERVIMEDIA

La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) acordó este jueves otorgar al magistrado del Tribunal Supremo Pablo Llarena el amparo contemplado en el artículo 14 de la Ley Orgánica del Poder Judicial ante lo que considera “un ataque planificado a las condiciones de independencia en las que desarrolla su labor jurisdiccional” por parte de cinco de los procesados en la causa abierta por el proceso secesionista de Cataluña que permanecen huidos de la Justicia española.

Según informó el CGPJ en una nota, este ataque tiene “el único fin de condicionar y de influir en futuras resoluciones judiciales que puedan adoptarse” en ese y otros procedimientos.

El órgano de gobierno de los jueces, al que Llarena dirigió su solicitud de amparo el pasado 30 de julio, califica así la demanda presentada contra el magistrado ante los tribunales belgas por el expresidente de la Generalitat de Cataluña Carles Puigdemont y los exconsellers Meritxell Serret, Antoni Comin, Clara Ponsatí y Lluis Puig.

En la demanda, los procesados afirman que la instrucción llevada a cabo por Llarena supone una vulneración flagrante de su presunción de inocencia y de la libertad de acción política y añaden que acusarles de ser rebeldes según el Código Penal español ofende claramente su honor, su integridad política y moral y el fundamento mismo de su acción política, concluyendo que el magistrado debe reparar íntegramente el daño causado en Bélgica, explica el Consejo.

El juez decano de Madrid, prosigue el CGPJ, rechazó dar traslado a Llarena de la demanda y del emplazamiento para que comparezca ante un tribunal belga el próximo 4 de septiembre, al considerar que concurre el supuesto de exclusión previsto en el artículo 1 del Reglamento europeo 1393/2007, ya que la solicitud versa sobre asuntos relacionados con la responsabilidad del Estado español por acciones u omisiones en el ejercicio de su autoridad y, por tanto, carece de contenido civil o mercantil real.

El decano de los Juzgados de Madrid sí puso la demanda en conocimiento del presidente del Tribunal Supremo, que el pasado 10 de julio se dirigió a los ministros de Justicia, Dolores Delgado; y de Asuntos Exteriores, Josep Borrell, para, tras concluir que el texto de la demanda ponía en cuestión “las instituciones del Estado español y la propia corrección del Estado”, instarles a llevar a cabo “las actuaciones correspondientes para asegurar la integridad de la acción del Estado y del magistrado afectado, y específicamente las que procedan ante la jurisdicción y las instituciones que correspondan del Reino de Bélgica”.

En su solicitud de amparo, Llarena señala el carácter “groseramente fraudulento” de la demanda, que en su opinión sólo pretende “sustraer de su sede natural la revisión de los actos de la Justicia española” defraudando los instrumentos del ordenamiento jurídico español para asegurar la independencia de la función jurisdiccional: el aforamiento de los jueces y magistrados ante el Tribunal Supremo y la prohibición de que puedan dirigirse demandas directas contra ellos por actuaciones llevadas a cabo en el ejercicio de su función. ACTUACIÓN PARA DEFRAUDAR

A la vista de los hechos, la Comisión Permanente concluye que “una simple y somera lectura de la demanda formulada y de la citación ponen de manifiesto que los procesados, demandantes en Bélgica, han urdido una actuación dirigida a defraudar las garantías de independencia de LLarena, intentando, sin disimulo alguno, someter las actuaciones soberanas del Estado español a la jurisdicción de un Estado extranjero”.

ASEGURAR LA INDEPENDENCIA

Por otra parte, la Comisión, una vez otorgado el amparo solicitado, insta de los huidos “el cese o la abstención en el futuro de cualquier acto que perturbe el ejercicio independiente de la función jurisdiccional” de Llarena.

También señala que, “a los efectos de que el amparo otorgado proporcione al magistrado inquietado el marco de independencia y seguridad debido”, se adoptarán “todas las medidas necesarias para asegurar las condiciones propias de dicho marco de independencia y seguridad, incluidas las medidas relativas a la integridad económica que proporciona el artículo 296 de la LOPJ”.

Además, el CGPJ pone su acuerdo en conocimiento de los Ministerios de Justicia y de Asuntos Exteriores “para que adopten las medidas necesarias para asegurar la integridad e inmunidad de la jurisdicción española ante los tribunales del Reino de Bélgica”.

El acuerdo ha sido aprobado con los votos a favor del presidente del Tribunal Supremo y del CGPJ, Carlos Lesmes; y de los vocales José Antonio Ballestero, Rafael Mozo, Juan Martínez Moya, Juan Manuel Fernández, José María Macías y Pilar Sepúlveda. La vocal Concepción Sáez ha votado en contra.

(SERVIMEDIA)
16 Ago 2018
BPP/pai