CASO MÁSTER

La jueza del ‘caso máster’ sólo seguirá investigando a Cifuentes y a varios profesores

MADRID
SERVIMEDIA

La titular del Juzgado de Instrucción número 51 de Madrid, Carmen Rodríguez-Medel, acordó este lunes no seguir investigando en el ‘caso máster’ a los alumnos que, como el líder del PP, Pablo Casado, recibieron títulos dudosos en la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid (URJC), de forma que sólo continuarán dentro de la causa la expresidenta autonómica Cristina Cifuentes y varios profesores de este centro educativo.

A través de un auto, esta magistrada acuerda continuar la instrucción del denominado caso máster únicamente por el delito de falsificación documental en relación con el documento de defensa del trabajo de fin de máster relativo a Cifuentes, lo que afecta a la exmandataria madrileña y a varios profesores.

Estos docentes a los que se seguirá investigando por falsedad documental son Enrique Álvarez Conde, Cecilia Rosado, Alicia López de los Mozos y Teresa Feito Higueruela. Al mismo tiempo, la instructora acuerda el sobreseimiento provisional de la causa por los delitos de prevaricación y cohecho impropio para todos los investigados, incluidos los alumnos, tanto en autos principales como en otra pieza que estaba abierta.

La magistrada toma esta decisión después de que el viernes la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo acordara no abrir causa penal a Casado por su máster en la URJC, al no apreciar la existencia de indicios de delito.

EXCULPACIÓN DE CASADO

El Supremo no vio elementos consistentes de que Casado pudiera haber presuntamente cometido los delitos de prevaricación administrativa y cohecho impropio que apuntaba como posibles la juez Rodríguez-Medel.

La Sala de lo Penal asumía así el criterio de la Fiscalía y concluía que no concurría el concierto de voluntades previo o simultáneo que requiere el delito de prevaricación administrativa. Se argumenta que la cooperación necesaria en el delito de prevaricación administrativa se produce cuando el sujeto coopera a la ejecución de un delito con un acto sin el cual no se habría ejecutado.

Para el Alto Tribunal, el hecho de que Casado se matriculara en el máster, aportara la documentación necesaria, entre ella su expediente académico, y pagara la matrícula “son actos neutrales que fueron ejecutados de la misma forma por todos los alumnos y que, en sí mismos, carecen de sentido delictivo”.

A este respecto, en el auto conocido este lunes la jueza Rodríguez-Medel se refiere a que, dado que el Supremo entiende que el hecho de permitirse a alumnos como Casado no asistir a clase no es un “regalo concertado” si no hay acuerdo previo, “carece de sentido” proseguir la investigación tanto contra el presidente del PP como contra otros alumnos que estaban siendo investigados.

La instructora sostiene que “descartada la existencia de indicios suficientes del concierto previo o simultáneo al acto prevaricador, carece de sentido analizar si los alumnos hacen una aportación esencial a su ejecución (que sería negativa, no hacer nada académicamente, además de actos neutrales, como matricularse, pagar las tasas)”.

(SERVIMEDIA)
01 Oct 2018
NBC/caa