Seguridad vial

La DGT bajará el 2 de enero a 90 km/h el límite en 7.000 kilómetros de vías secundarias

- Usar el móvil quitará seis puntos, tantos como conducir borracho o drogado

- Dará ocho puntos a los conductores que hagan cursos de recuperación parcial

MADRID
SERVIMEDIA

La Dirección General de Tráfico (DGT) ya tiene preparado el primer paquete de medidas con el que pretende mejorar la seguridad en las carreteras después de cuatro años de incremento de la siniestralidad y una de ellas ya tiene fecha de entrada en vigor: reducir el límite de velocidad de 100 a 90 km/h en unos 7.000 kilómetros de vías secundarias podría ser una realidad el próximo 2 de enero.

El director general de Tráfico, Pere Navarro, ha aparcado el trabajo de su antecesor, Gregorio Serrano, de poner en marcha una reforma integral de la ley de seguridad vial y de los reglamentos de conductores, de circulación y de vehículos debido a la inestabilidad política de la actual legislatura, por lo que pretende sacar adelante pequeños cambios normativos que vean la luz lo antes posible.

De hecho, desde la DGT indican que los tiempos de la Administración son más lentos que el deseo de poner en marcha modificaciones legislativas que modifiquen el comportamiento de los conductores después de que las cifras de víctimas mortales hayan aumentado de 1.680 en 2013 a 1.830 en 2017.

LÍMITES DE VELOCIDAD

La primera medida que verá la luz es un real decreto que modifica el Reglamento General de Circulación en cuanto a los límites de velocidad en las carreteras convencionales (de un único carril por sentido y sin desdoblar) y con el que la DGT pretende que España se equipare a muchos de los países de la UE.

El texto, al que tuvo acceso Servimedia, entrará en vigor el próximo 2 de enero y supone igualar los límites de velocidad en todas las carreteras convencionales a 90 km/h para coches y motos, y 80 km/h para autobuses, furgonetas y camiones, y sólo cuando haya separación física de los dos sentidos de la circulación podrá fijarse un límite máximo de 100 km/h para turismos y motocicletas.

Los límites actuales varían: 100 km/h para automóviles y motocicletas, 90 km/h para autobuses y furgonetas, y 80 km/h para camiones en las carreteras convencionales con al menos 1,5 metros de anchura de arcén o con más de un carril para alguno de los sentidos de circulación, y 90 km/h para coches y motos, 80 km/h para autobuses y furgonetas y 70 km/h para camiones en el resto de las vías secundarias.

Navarro aseguró el pasado mes de septiembre en su primera comparecencia en la Comisión sobre Seguridad Vial y Movilidad Sostenible del Congreso, donde tendió la mano a los diputados para poner en marcha nuevas medidas, que las carreteras convencionales con al menos 1,5 metros de arcén (es decir, con límite a 100 km/h para coches y motos) abarcan unos 7.000 kilómetros, lo que supone menos del 5% de los 165.000 kilómetros de la red de carreteras de España.

De esta forma, se culminaría un deseo que la DGT ya veía persiguiendo desde al menos 2015 tanto con María Seguí como con Gregorio Serrano al frente de este organismo del Ministerio del Interior. Tráfico defiende que esa reducción de 10 km/h en carreteras convencionales supondría un descenso de la mortalidad cercano al 10%, máxime cuando en estas vías se producen en torno a un 75% de los accidentes mortales en carretera.

PERMISO POR PUNTOS

Por otro lado, la DGT ha elaborado un anteproyecto de ley por el que modifica el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, que necesariamente tendrá que ser aprobado en el Parlamento.

El texto, al que tuvo acceso Servimedia, incluye modificaciones puntuales del permiso por puntos. Así, conducir utilizando el teléfono móvil con la mano supondrá perder seis puntos (por los tres de ahora), con lo que esa conducta se equipararía a conducir borracho o drogado, negarse a hacer la prueba de alcohol o drogas, conducir de forma temeraria, ir a más del 50% del límite de velocidad o conducir con vehículos que lleven inhibidores de radar.

También se incrementará la detracción de puntos por no llevar puesto el cinturón de seguridad, el casco o el sistema de retención infantil, que pasarán de tres a cuatro puntos menos en el carné.

Ligado al real decreto del Reglamento General de Circulación, el anteproyecto de ley penaliza más a quienes pisen el acelerador más de la cuenta en carreteras convencionales con límite a 90 km/h, puesto que ir en esas vías a 111 km/h ya supondría dos puntos menos en el carné y 300 euros de multa (esas sanciones se aplican ahora a partir de 121 km/h).

CURSOS

Además, el anteproyecto de ley premia a los conductores que superen un curso de recuperación parcial de puntos (de los seis actuales a ocho) y a los que hagan un curso de conducción segura (dos puntos más en el carné), en tanto que se unifica el plazo para recuperar ocho puntos tras hacer un curso de recuperación parcial (ahora son dos dos o tres años en función de si se ha cometido alguna infracción grave o muy grave).

La propuesta normativa de la DGT incluye novedades para los conductores profesionales, de manera que habrá un sistema telemático para que las empresas de transporte sepan si sus conductores tienen puntos suficientes para manejar un autobús o un camión, y se desarrollará un sistema online que permitirá a las empresas de transporte.

Por último, Tráfico ultima un proyecto de orden ministerial que actualiza la regulación de los cursos de sensibilización y reeducación vial para los titulares de un permiso de conducción que entrará en vigor el 1 de julio de 2019, y con el que dota a los curso de un contenido más práctico y participativo.

(SERVIMEDIA)
06 Nov 2018
MGR/gja/caa