Sanidad animal

Las autoridades sanitarias deberán comprobar la bioseguridad de las explotaciones “susceptibles” de infectarse con triquina si se detecta su presencia

-Según la última actualización del Plan Nacional de Contingencia frente a Triquina

Madrid
SERVIMEDIA

Las autoridades competentes en materia de sanidad animal deberán comprobar a partir de ahora las medidas de bioseguridad de las que disponen las explotaciones de animales “susceptibles” de infectarse con triquina que puedan haber entrado en contacto con fauna silvestre en la que se haya detectado la presencia de este gusano y, en su caso, llevar a cabo una investigación epidemiológica.

Así lo recoge la modificación del Plan Nacional de Contingencia frente a Triquina acordada en la Comisión Institucional de la Aesan de diciembre, publicada este miércoles por la Agencia Española de Consumo, Seguridad alimentaria y Nutrición (Aecosan) y según la cual, en caso de positivos registrados en animales procedentes de un coto se extenderá la aplicación del Real Decreto 50/2018 de gestión de subproductos de caza a otras modalidades de caza mayor en dicho terreno cinegético, con independencia del número de piezas cazadas o el número de puestos del mismo.

Según informó la Aecosan, dicha medida se extenderá al menos al resto de la temporada de cada una vez detectada la presencia de animales infestados y se mantendrá en la temporada siguiente “si en la primera actividad cinegética se siguen detectando animales infestados”.

Tras precisar que la aparición de la Trichinella pseudospiralis en España determinó la necesidad de utilizar métodos analíticos de digestión al ser una especie que no puede detectarse por el método triquinoscópico de placas de compresión, Sanidad subrayó el “papel” de las aves carroñeras en su epidemiología y recordó la “especial relevancia” de la identificación de las especies para eliminar “adecuadamente los subproductos y no ponerlos a disposición de las aves necrófagas en muladares”.

Merced a esta actualización también se especifican los supuestos en los que serán de aplicación el procedimiento de colaboración e intercambio de información para la gestión de alertas alimentarias motivadas por riesgos graves e inmediatos para la salud pública.

Tras siete años desde la aprobación del plan, la Aecosan consideró “necesaria” su revisión con el fin de incluir las modificaciones legislativas pertinentes, “alinearlo” con la actualización en 2013 de los ‘Protocolos de las Enfermedades de Declaración Obligatoria’ en salud humana, revisar algunos aspectos relacionados con la comunicación de resultados que podían ser “mejorados” así como introducir medidas en relación con las explotaciones ganaderas y los terrenos cinegéticos.

(SERVIMEDIA)
23 Ene 2019
MJR/gja