El Defensor del Pueblo celebra la devolución del IRPF de maternidad a quienes pidieron el reintegro antes de la sentencia del TS

MADRID
SERVIMEDIA

El Defensor del Pueblo, Francisco Fernández Marugán, celebró este lunes la decisión del Ministerio de Hacienda de devolver el IRPF de la prestación por maternidad y paternidad a aquellos contribuyentes que contaban con una resolución o sentencia firme denegatoria.

En un comunicado, el Defensor señaló que estos contribuyentes habían reclamado sin éxito en vía administrativa o judicial antes de que el Tribunal Supremo declarara el pasado mes de octubre que estas prestaciones están exentas de tributación y que, tras conocerse esta sentencia, la institución comenzó a recibir numerosas quejas de ciudadanos para los que no era posible solicitar el reintegro de las cantidades al haber una resolución o sentencia firme contraria a su pretensión.

El pasado 19 de junio la ministra de Hacienda, María Jesús Montero, anunció que su departamento devolverá unos 11 millones de euros por el IRPF por maternidad y paternidad a unas 8.000 personas, en su mayoría mujeres, a las que se les había denegado la devolución tras haberlo solicitado antes de la sentencia del Tribunal Supremo.

En este sentido, el Defensor ha pedido a la Agencia Tributaria que informe sobre la marcha del proceso y el ritmo previsto de las devoluciones, con la intención de trasladar la información a los ciudadanos que en su día presentaron queja sobre este asunto.

El 3 de diciembre de 2018 el Ministerio de Hacienda habilitó un procedimiento para devolver a los contribuyentes el IRPF retenido indebidamente a las prestaciones de maternidad y paternidad entre los años 2014 y 2017, ejercicios que todavía no habían prescrito, actuando así de acuerdo a la sentencia del 5 de octubre del pasado año por la que el Tribunal Supremo determinó que dichas prestaciones deben quedar exentas de tributación.

En aquella ocasión, la ministra de Hacienda anunció que a partir de 2018 la Agencia Tributaria tampoco retendría el IRPF a los funcionarios, pese que a la sentencia del Tribunal Supremo no afecta a este colectivo, que paga IRPF durante sus permisos de maternidad y paternidad al seguir cobrando su retribución normal y no una prestación sustitutiva.

(SERVIMEDIA)
01 Jul 2019
IPS/gja