Cláusulas abusivas

El Supremo emite otra sentencia en contra de las hipotecas multidivisa

MADRID
SERVIMEDIA

El Tribunal Supremo dictó una sentencia a favor de un cliente de multidivisa, socio de Asufin, y en contra del Banco Popular, por esta cláusula abusiva que fue comercializada obviando los riesgos asociados que suponía para los clientes minoristas.

En un comunicado, la asociación explicó que se trata de un matrimonio en el que uno de los dos es japonés, pero residente en España desde hace años. El Supremo confirma la sentencia de primera instancia y asegura “que el hecho de que (el afectado) recibiera una donación en yenes únicamente servía para pagar una parte inicial del préstamo, pero no consta probado en la instancia que ello convirtiera al yen en la moneda funcional del préstamo. Puesto que también consta que reside en España, trabaja en nuestro país y recibe sus ingresos en euros”.

El Supremo también alega que “es esencial que el banco informe al cliente sobre la carga económica que en caso de fluctuación de la divisa le podría suponer, en euros, tanto el pago de las cuotas de amortización, como el pago del capital pendiente de amortizar al que debería hacer frente en caso de vencimiento anticipado del préstamo, o la trascendencia que el incremento del capital pendiente de amortizar, computado en euros, le supondrá en caso de que pretenda cambiar desde la divisa al euro”.

También debe ser informado, razona la sentencia, “de que la devaluación, por encima de ciertos límites, del euro frente a la divisa extranjera otorga al banco la facultad de exigir nuevas garantías, así como de las consecuencias de no prestar esas garantías suplementarias”.

Esta falta de transparencia también agrava su situación jurídica, puesto que ignora el riesgo de infra-garantía para el caso de depreciación del euro frente a la divisa en que se denominó el préstamo. Se trata de un caso especial porque el asociado había llegado a un acuerdo y se presentó el desistimiento el mismo día de la deliberación. No se llegó a tiempo y el Supremo dicta sentencia con independencia de lo pactado entre el banco y el asociado.

Se trata de la sexta sentencia que gana Asufin en el Supremo. Las cinco primeras fueron ganadas para socios de la organización y esta última actuando como parte actora en representación de sus socios.

(SERVIMEDIA)
20 Nov 2019
EOM/gja