Financiación Autonómica

Hacienda se hará cargo de los pagos a proveedores de Murcia por casi triplicar el plazo legal

MADRID
SERVIMEDIA

El Ministerio de Hacienda se hará cargo de los pagos a proveedores de la Región de Murcia debido a que esta comunidad ha sobrepasado los 60 días en el Pago Medio a Proveedores (PMP) en los dos últimos meses, cuando el periodo legal es de 30 días. En concreto, el PMP de Murcia en octubre fue de 82,05 días y el de noviembre se situó en 75,98 días.

Fuentes del Ministerio de Hacienda explicaron que el importe -que el departamento que dirige María Jesús Montero tenga que abonar a los proveedores de Murcia- será retenido cada mes de las transferencias que corresponden a esta comunidad por la financiación autonómica.

El artículo 18 de la Ley de Estabilidad establece que cuando el periodo medio de pago a los proveedores de una comunidad autónoma supere en más de 30 días el plazo máximo de la normativa de morosidad (30 días), durante dos meses consecutivos a contar desde la actualización de su plan de tesorería de acuerdo con lo previsto en el artículo, el Ministerio de Hacienda formulará una comunicación de alerta indicando el importe que deberá dedicar mensualmente al pago a proveedores y las medidas cuantificadas de reducción de gastos, incremento de ingresos u otras medidas de gestión de cobros y pagos, que deberá adoptar de forma que le permita generar la tesorería necesaria para la reducción de su periodo medio de pago a proveedores.

Por su parte, la comunidad autónoma deberá incluir todo ello en su plan de tesorería de forma inmediata a dicha comunicación de alerta. En caso de seguir incumpliendo el PMP, el artículo 20 establece que cuando el PMP de la comunidad autónoma supere en más de 30 días el plazo máximo de la normativa de morosidad durante dos meses consecutivos a contar desde la actualización de su plan de tesorería, el Ministerio de Hacienda mandará otra comunicación a la comunidad autónoma indicando que a partir de ese momento todas aquellas modificaciones presupuestarias que conlleven un aumento neto del gasto no financiero y que, de acuerdo con la normativa autonómica vigente no se financien con cargo al fondo de contingencia o con baja en otros créditos, requerirán la adopción de un acuerdo de no disponibilidad de igual cuantía, del que se informará al Ministerio de Hacienda.

Además, todas sus operaciones de endeudamiento a largo plazo precisarán de autorización del Estado.

La comunidad autónoma deberá incluir en la actualización de su plan de tesorería inmediatamente posterior nuevas medidas para cumplir con el plazo máximo de pago previsto en la normativa de morosidad.

Si aplicadas las medidas anteriores, el periodo medio de pago a los proveedores de la comunidad autónoma sigue superando en más de 30 días el plazo máximo de la normativa de morosidad durante otros dos meses consecutivos, el Ministerio de Hacienda iniciará el procedimiento de retención de los importes a satisfacer por los recursos de los regímenes de financiación para pagar directamente a los proveedores. Para ello, se recabará de la comunidad autónoma la información necesaria para cuantificar y determinar la parte de la deuda comercial que se va a pagar con cargo a los mencionados recursos y se comunicará al Consejo de Política Fiscal y Financiera para su conocimiento.

Estas medidas se mantendrán hasta que la comunidad autónoma cumpla con el plazo máximo de pago previsto en la normativa de morosidad durante seis meses consecutivos.

En este caso, las comunicaciones a Murcia por parte de Hacienda comenzaron en 2016.

(SERVIMEDIA)
29 Ene 2020
JBM/IPS/mjg