Telecomunicaciones

La patronal de 'telecos', en contra de que la tasa Google castigue a empresas que ya tributan en España

- Cree que el último texto conocido del Gobierno incurre en "graves lagunas"

MADRID
SERVIMEDIA

La patronal de los operadores de telecomunicaciones, DigitalES, considera que la tasa Google que previsiblemente aprobará este martes el Consejo de Ministros “no puede suponer gravar doblemente a aquellas empresas que ya están tributando por sus ingresos en España”.

La asociación asegura que “siempre ha estado de acuerdo en que las empresas tributen allí donde se generan los ingresos”.

“Pero debemos asegurar que la aplicación de un impuesto de estas características sirva para su objetivo inicial de corregir la ventaja de entidades no establecidas en los países donde generan sus ingresos, y no castigar a las empresas cuyo conjunto de ingresos ya están siendo fiscalizados”, señalaron hoy a Servimedia desde la patronal.

Para DigitalES, el anteproyecto que presentó el Gobierno la pasada legislatura contiene "graves lagunas y zonas grises" abiertas a interpretación posterior. En primer lugar, observa que no menciona ningún mecanismo de corrección de la doble imposición que va a suponer el impuesto para numerosas empresas asentadas en España. “Se intenta vestir como 'impuesto indirecto' un impuesto directo”, señala.

Al mismo tiempo, cree que el texto publicado por la Dirección General de Tributos detallaba algunas actividades gravadas por el ISD de forma poco concreta, entre las que se habla, por ejemplo, de “servicios de trasmisión de datos” y no de “la trasmisión de datos recopilados acerca de los usuarios” que es la definición recogida en la propuesta de Directiva. “La diferencia de matiz es notable y supone desconocer que la trasmisión de datos es una actividad central del negocio, por ejemplo, de las telecomunicaciones”, apuntan desde DigitalES.

En su opinión, no quedaba del todo claro qué servicios específicos van a ser gravados, o cuáles se van a ver 'contaminados', como puede ser el caso de de la automoción y su coche conectado.

Junto a esta falta de definición de los servicios afectados, DigitalES se quejaba de una disposición final tercera que establece que los umbrales cuantitativos, los supuestos de no sujeción o el tipo impositivo “podrán ser modificados por la Ley de Presupuestos Generales del Estado”. “No es de recibo que una ley de este calado pueda ser modificada anualmente según los intereses políticos o necesidades presupuestarias de cada momento. Una arbitrariedad que sepulta cualquier principio de seguridad jurídica, eficacia, proporcionalidad y transparencia, además de dejar en muy mal lugar la imagen de España en el exterior”.

(SERVIMEDIA)
17 Feb 2020
JRN/mjg