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Sector financiero

La banca regula sus moratorias a clientes afectados por la Covid-19 en un acuerdo sectorial para adaptarse a la guía de la EBA

MADRID
SERVIMEDIA

Las patronales bancaria AEB y CECA han regulado las moratorias a hipotecas y créditos al consumo que están ofreciendo las entidades financieras a sus clientes afectados por la crisis por la Covid-19 en un acuerdo sectorial para cumplir con la recomendación de la Autoridad Bancaria Europea (EBA), que anima estos convenios para favorecer la financiación a clientes.

La autoridad bancaria que preside el español José Manuel Campa decidió flexibilizar las normas para facilitar que llegue, precisamente, la liquidez y los créditos a familias y empresas con dificultades por culpa de la crisis impuesta por la pandemia.

Así, determinó que la existencia de dificultades de liquidez por parte de clientes con un buen comportamiento de pago no llevaría automáticamente a identificar como refinanciaciones o reestructuraciones los aplazamientos o moratorias, evitando así a los bancos una carga extra en provisiones que dificultase dicha concesión.

Su instrucción es automática para aquellas moratorias exigidas por los Estados, pero la EBA puso una condición a las iniciativas privadas para beneficiarse de la exención en provisiones: que deben aplicarse de manera amplia, de forma que la moratoria esté abierta a los clientes y tendrá que estar en vigor en diferentes entidades con condiciones similares.

En España, el Gobierno reguló las moratorias obligatorias para hipotecas sobre la vivienda habitual el día 18 de marzo, tras decretar el estado de alarma el día 14. En otro real decreto, aprobado el día 1 de abril, extendió la medida a otros créditos no hipotecarios, como son los de consumo, y a préstamos hipotecarios sobre viviendas alquiladas o sobre locales.

Al margen de sus regulaciones, una inmensa mayoría de entidades adoptaron medidas más generosas en plazo de aplicación y para clientes que no podían acogerse a la moratoria legal, y posteriormente se acordaron unas pautas generales dentro de las patronales AEB y CECA para aquellas entidades que voluntariamente quieran aplicarlas.

Es ese acuerdo general el que ahora han plasmado en un convenio sectorial ambas asociaciones para que sus entidades que ofrezcan estas facilidades no sufran la penalización en provisiones que llevaría asociada de no existir el acuerdo sectorial que solicitó la EBA el pasado día 2 de abril.

En el convenio recoge el compromiso ya establecido hace tiempo de aplicar moratoria de hasta 12 meses en préstamos o créditos con garantía hipotecaria y de hasta seis meses en créditos al consumo para el pago del principal –solo soportarán el cobro de los intereses-.

Las podrán solicitar aquellos clientes personas físicas, titulares de préstamos concedidos con anterioridad al 14 de marzo cuando se decretó el estado de alarma, sin operaciones con impagos y que a raíz de la crisis generada por el Covid-19 se hayan visto afectados económicamente. Entre los supuestos figura el haber pasado a situación de desempleo, verse afectados por un expediente de regulación temporal de empleo, enfrentarse a un cese o reducción de su actividad económica u otras circunstancias equivalentes.

En cuanto a la fórmula de la devolución se abren varias modalidades para las entidades como recobrar el dinero aplazado distribuido entre las cuotas que queden pendientes del crédito, durante un plazo igual al de la moratoria o, incluso, al finalizar el repago de la deuda o a través de otro crédito de nueva concesión.

Con independencia de la fórmula elegida las moratorias no podrán alterar las garantías del préstamo y la entidad deberá mantener invariable el tipo de interés original de la operación, aunque sufra el aplazamiento. Su solicitud está abierta desde el pasado 6 de abril, con efectos retroactivos para recoger operaciones ya concedidas, y las entidades se obligan a dar una respuesta en los 30 días siguientes a su petición.

El convenio establece que las entidades deberán informar al Banco de España de su adhesión al convenio y de las operaciones afectadas por las moratorias reguladas el acuerdo sectorial, en los términos, plazos y forma que, a este respecto, establezca el supervisor.

(SERVIMEDIA)
07 Mayo 2020
ECR/gja