Salud

Ampliada la cobertura como accidente de trabajo al personal de centros sanitarios contagiado con Covid-19

MADRID
SERVIMEDIA

El Consejo de Ministros aprobó este martes ampliar la cobertura al personal de los centros sanitarios que haya contraído el Covid-19 para que sus prestaciones se consideren contingencia profesional derivadas de accidente de trabajo. Esta consideración era una de las principales demandas para estos profesionales desde la Organización Médica Colegial.

En concreto, el Gobierno ha dado luz verde a un Real Decreto-Ley que reúne medidas urgentes en diversos ámbitos de la lucha de nuestro país contra el coronavirus. Por un lado se extienden algunas de las ya decretadas anteriormente, como las del ámbito agrario, y por otro se añaden nuevas decisiones en el terreno laboral, económico y tributario, con el fin de aliviar el impacto de la crisis en el tejido productivo español y reforzar la protección de los colectivos más expuestos en esta crisis, como lo son los sanitarios.

Asi, la nueva normativa amplía la cobertura al personal que presta atención en los centros sanitarios o sociosanitarios. "Se reconoce así que las prestaciones a este colectivo, cuando haya contraído la Covid-19 se considerarán derivas de accidente de trabajo y, en los casos de fallecimiento, se entenderá también que la causa es accidente de trabajo, siempre que se produzca en los cinco años siguientes al contagio", explicó el Ejecutivo en una nota.

El Gobierno subraya que "hasta ahora este tipo de contingencias se consideraban de carácter común asimiladas de accidente de trabajo a efectos de incapacidad temporal y ahora vienen a considerarse contingencia profesional derivada de accidente de trabajo, lo que supone una mayor cobertura para los casos en que dicha enfermedad cause incapacidad permanente o el fallecimiento para estos trabajadores".

(SERVIMEDIA)
26 Mayo 2020
AHP/gja