Energía

El Gobierno aprueba el mecanismo para realizar nuevas subastas de renovables

- Con el objetivo de realizar la primera antes de que concluya 2020

MADRID
SERVIMEDIA

El Consejo de Ministros aprobó este martes el real decreto por el que se regula el nuevo régimen económico de energías renovables para instalaciones de generación eléctrica, que establece un nuevo marco para futuras instalaciones que se desarrollará mediante subastas.

Así lo anunció la portavoz del Gobierno y ministra de Hacienda, María Jesús Montero, en la rueda de prensa posterior a la reunión del Ejecutivo. La intención del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico es que la primera de estas subastas pueda llevarse a cabo antes de que concluya el año 2020. Las últimas subastas tuvieron lugar en el año 2017 y justo en 2020 ha vencido el plazo para completar la instalación de los más de 8.000 megavatios (MW) adjudicados entonces.

El nuevo marco retributivo, que el real decreto denomina Régimen Económico de Energías Renovables (REER), estará destinado a nueva potencia renovable y permitirá la hibridación entre tecnologías, la ampliación y modificación de instalaciones existentes y será compatible con el almacenamiento.

El nuevo REER resulta además indispensable para cumplir con los compromisos de descarbonización que España ha adquirido en el Acuerdo de París y como Estado miembro de la Unión Europea. Estos compromisos han sido planificados en el Plan Integrado de Energía y Clima (Pniec) 2021-2030, que prevé la instalación de en torno a 60 gigavatios (GW) renovables en la próxima década y que incluye, entre sus medidas, el desarrollo de este tipo de subastas.

El desarrollo del nuevo marco retributivo se realizará mediante subastas que se ajustarán a los principios de transparencia, eficacia, proporcionalidad, objetividad y eficiencia. Antes de la celebración de una subasta, se establecerá el cupo de energía o potencia máxima que se subasta.

Cada subasta se realizará a sobre cerrado y adjudicará el producto subastado a las ofertas de menor cuantía hasta alcanzar el cupo establecido. El precio para cada adjudicatario coincidirá con el precio por el que pujó (“pay-as-bid”, por su denominación en inglés) y no será objeto de actualización.

Además, en las subastas se podrá distinguir por tecnologías de producción en función de sus características técnicas, niveles de gestionabilidad, criterios de localización geográfica, madurez tecnológica, tamaño o componente innovador, entre otros factores.

El proyecto de Real Decreto también permite que, en la convocatoria de la subasta, se establezcan criterios adicionales orientados a que determinados proyectos con características específicas, como pueden ser los de reducido tamaño, los proyectos de demostración y los de comunidades energéticas, puedan competir en igualdad de condiciones.

También será posible habilitar un proceso de adhesión al resultado de la subasta, con un precio de adjudicación calculado a partir de los resultados, para instalaciones de pequeña magnitud y proyectos de demostración.

PLANIFICACIÓN A 5 AÑOS

El real decreto establece, asimismo, el sistema de convocatoria de las subastas. En primer término, y mediante orden ministerial, se regulará el mecanismo de subasta, pudiendo incluir entre otros aspectos, las tecnologías, condiciones y garantías para participar en la subasta, el producto a subastar, así como los parámetros y resto de elementos que configuran y concretan el Régimen Económico de Energías Renovables.

Por otro lado, y al objeto de favorecer la previsibilidad de las subastas, y también mediante orden ministerial, se recogerá una previsión de calendario de celebración de subastas, que comprenderá un periodo mínimo de cinco años y que incluirá plazos indicativos, la frecuencia de las subastas, la capacidad esperada y las tecnologías previstas, en su caso. Dicho calendario se actualizará, al menos, anualmente.

La norma también regula el procedimiento para la inscripción de las instalaciones adjudicatarias en el Registro Electrónico del Régimen Económico de Energías Renovables, así como la garantía económica que deben presentar, cuyo importe concreto se especificará en la orden que regule el procedimiento de subasta.

(SERVIMEDIA)
03 Nov 2020
JBM/gja