Violencia de género

Casi 9.400 maltratadores han realizado cursos en prisión para rehabilitarse

MADRID
SERVIMEDIA

Casi 9.400 maltratadores han realizado desde 2005 en prisión cursos para rehabilitarse, según datos de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias recogidos por Servimedia coincidiendo con la celebración este miércoles del Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer.

Coincidiendo con esta fecha, los responsables de las prisiones españolas enviaron recientemente al Congreso una respuesta parlamentaria sobre la rehabilitación de maltratadores, cuestión sobre la que se habían interesado varios diputados del PP, entre ellos Margarita Prohens y Alicia Rodríguez.

En este sentido, Instituciones Penitenciarias informa de que desde el año 2005 este organismo viene desarrollando -en las cárceles de su competencia, lo que excluye a Cataluña- el programa de tratamiento dirigido a internos que han cometido delitos relacionados con la violencia de género. A este respecto, de 2005 hasta finales de 2019, un total de 9.335 internos han recibido el programa de violencia de género en los centros penitenciarios.

Asimismo, desde los Servicios de Gestión de Penas y Medidas Alternativas (Sgpma) se han realizado 782 Programas de Intervención para Agresores de Violencia de Género (PRIA-MA) atendiendo a más de 9.000 penados.

CURSOS OBLIGATORIOS Y OPTATIVOS

Por otro lado, desde 2019, la Secretaría de Estado de Igualdad y contra la Violencia de Género y la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias (Sgiipp) están en contacto para desarrollar una de las medidas contempladas en el Pacto de Estado contra la Violencia de Género. En concreto, se trabaja para elaborar un “programa-taller” de intervención para hombres condenados por violencia de género que realizan trabajos en beneficio de la comunidad.

Instituciones Penitenciarias añade que el desarrollo de los programas de reeducación y reinserción social de las personas condenadas, entre ellos el Programa de Intervención para Agresores (PRIA) y el PRIA-MA, son voluntarios para una parte de los condenados a pena de prisión.

En cambio, son obligatorios cuando son impuestos por la autoridad judicial en sentencia en varios supuestos. Entre ellos cuando un magistrado impone a un maltratador una pena de trabajos en beneficio de la comunidad (previamente aceptada por la persona condenada); cuando hay un acuerdo de suspensión de condena condicionada a la realización de programas formativos, de igualdad de trato y no discriminación o similares, y cuando se establece la medida de seguridad de libertad vigilada que consista en la realización de dichos programas.

(SERVIMEDIA)
25 Nov 2020
NBC/mjg