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La CNMC pide regular a los ‘influencers’ en la ley general de comunicación audiovisual

- También propone eximir a televisiones pequeñas de garantizar la accesibilidad

MADRID
SERVIMEDIA

La Comisión Nacional de Mercados y Competencia (CNMC) pide en su informe sobre el anteproyecto de Ley General de Comunicación Audiovisual que los conocidos como ‘influencers’ sean reconocidos como prestadores de servicios audiovisuales y, por tanto, se sometan a las mismas reglas que el resto de plataformas.

Esto implica, por ejemplo, que tengan que cumplir un mínimo de prestaciones de accesibilidad para la audiencia con discapacidad o atiendan a las “obligaciones específicas de protección del menor y de protección del consumidor”.

Argumenta el organismo que “la irrupción o consolidación de estos nuevos agentes que operan sobre Internet requiere de un marco jurídico actualizado que refleje el progreso del mercado y que permita lograr un equilibrio entre el acceso a los servicios de contenidos en línea, la protección del consumidor y la competencia”.

Entre otras cuestiones, la CNMC pide que se fijen porcentajes e indicadores “medibles” para que se cumpla el subtitulado, la audiodescripción o la lengua de signos, aunque propone eximir de obligaciones de accesibilidad a pequeños prestadores.

Según la CNMC, “no se puede obviar la importante carga económica que esta medida simétrica puede representar para aquellos operadores cuyos ingresos no resultan comparables con los obtenidos por los grandes grupos audiovisuales”, por lo que plantea una “exención de las obligaciones de accesibilidad para prestadores con pocos ingresos”.

No obstante, el organismo se muestra partidario de “fijar porcentajes e indicadores de cumplimiento del subtitulado, audiodescripción y lengua de signos medibles en relación con franjas horarias y géneros programáticos en los que han de ser insertadas las medidas de accesibilidad”.

El anteproyecto de ley marca una serie de obligaciones en materia de accesibilidad, y que pasan por que las televisiones públicas ofrezcan subtitulado en el 90% de sus emisiones de máxima audiencia o audiodescripción y lengua de signos durante 10 horas semanales, priorizando el ‘prime time’.

A las televisiones privadas se impone el subtitulado en el 75% de las emisiones en horario de máxima audiencia, mientras que la audiodescripción y la lengua de signos deberá estar disponible durante 5 horas semanales priorizando el ‘prime time’.

Estas obligaciones se antojan difíciles de cumplir, según la CNMC, para televisiones pequeñas o servicios de prestación a la carta que aún no esté afianzados en el mercado. De hecho, los servicios a la carta deberán garantizar un 30% de contenidos de interés con subitulado y audiodescripción “gradual” en su catálogo.

Sin embargo, la CNMC considera “recomendable” que el anteproyecto fije bien “qué porcentaje de programación debe estar contenida en horario de máxima audiencia, qué franja horaria se considera de máxima audiencia a efectos de esta obligación, qué se entiende como contenidos de mayor interés para la audiencia, contenidos de máxima audiencia, así como el porcentaje de programación que debe destinarse a determinados géneros programáticos”.

Según el organismo, “se ha constatado la importancia de introducir este tipo de medidas cualitativas de cara a garantizar que los servicios sean prestados conforme a las expectativas de las personas con discapacidad, por lo que se aplaude su introducción”.

No obstante, a los efectos de poder verificar los niveles de cumplimiento de estas obligaciones de carácter cualitativo y valorar sus posibles consecuencias sancionadoras, “resulta imprescindible que el anteproyecto de ley o bien un desarrollo posterior fijen porcentajes y criterios claros que deban ser asumidos por los prestadores”, señala.

(SERVIMEDIA)
13 Ene 2021
GIC/gja