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El Gobierno recurirrá ante la Justicia el ‘toque de queda’ de Fernández Mañueco a partir de las 20.00 horas

-Pide a la Abogacía del Estado llevar la medida ante el Supremo por considerar que "vulnera" el decreto del estado de alarma, que fija las restricciones entre las 22.00 y 7.00 horas

MADRID
SERVIMEDIA

El Gobierno ha solicitado a la Abogacía General del Estado que interponga recurso ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo contra la decisión aprobada por el presidente de la Junta de Castilla y León de adelantar el ‘toque de queda’ a las 20.00 horas, frente a las 22.00 horas máximas fijadas por el real decreto que establece el vigente estado de alarma hasta el 9 de mayo.

El Gobierno considera que la regulación adoptada por el Ejecutivo regional “vulnera el Real Decreto 926/2000, que, al declarar el Estado de alarma, determinó expresamente en su artículo 5 como período para las limitaciones de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno el comprendido entre las 23.00 y las 6.00”, según ha explicado este domingo el ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática.

Tal y como recuerda, la normativa del estado de alarma establecía que solo las autoridades competentes delegadas -el presidente autonómico- pudieran determinar en su ámbito territorial “que la hora de comienzo de la limitación prevista [.…] sea entre las 22.00 y las 00:00 horas y la hora de finalización de dicha limitación sea entre las 5.00 y las 7.00 horas”.

Al fijar como hora de comienzo de la limitación las 20.00 horas, el Gobierno sostiene que la decisión de la Junta de Castilla y León “infringe nítidamente la regulación mencionada, sin que tal infracción pueda negarse acogiéndose a las facultades de “modulación” que tanto el artículo 10 del Real Decreto 926/2000 como la disposición transitoria única del Real Decreto 956/2000 otorgan a las autoridades competentes delegadas”.

Al respecto indicó que la competencia de las comunidades “comporta la posibilidad de suspender, flexibilizar o relajar las limitaciones, pero no – como es el caso – de intensificarlas o agravarlas”. “Se trata, en consecuencia, de una restricción de un derecho fundamental que no está amparada por el instrumento jurídico del Estado de alarma definido en el Real Decreto 926/2000”, concluye el Gobierno.

Por ello informa de que ha solicitado a la Abogacía General del Estado que interponga recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo “contra el Acuerdo 2/2021, de 15 de enero, del presidente de la Junta de Castilla y León por el que se determinan las horas de comienzo y finalización de la limitación de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno”.

La decisión la adopta después de que la medida entrase anoche en vigor con su publicación por la mañana en el Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl). La decisión rubricada por el presidente de la Junta de Castilla y León, Alfonso Fernández Mañueco, impone el ‘toque de queda’ desde las 22.00 horas a las 20.00 horas, estableciendo el cierre perimetral de todas sus provincias y limita las reuniones en espacios públicos y privados a cuatro personas.

Dichas medidas establecen la imposibilidad, por tanto, de circulación de las personas en horario nocturno entre las 20.00 horas y las 06.00 horas del día siguiente, salvo para la realización de actividades autorizadas como la adquisición de medicamentos y productos de primera necesidad, asistencia a centros sanitarios o de atención veterinaria por motivos de urgencia y para cumplir con las obligaciones laborales o educativas, entre otras.

La puesta en marcha de esta medida ha sido apoyada por otros gobiernos regionales como la Junta de Andalucía y la Xunta de Galicia, que en las últimas horas han abogado también por adelantar el ‘toque de queda’ en sus respectivos territorios, a pesar de que, de momento, la medida no cuenta con el respaldo del Ministerio de Sanidad.

(SERVIMEDIA)
17 Ene 2021
ECR/MML/ecr