Tribunales

El CGPJ aboga por impulsar la mediación para resolver controversias, en el Día Europeo de la Mediación

MADRID
SERVIMEDIA

El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), con ocasión de la celebración del Día Europeo de la Mediación, reitera en un comunicado la relevancia y la trascendencia social que ésta tiene para la resolución de conflictos mediante el acuerdo voluntariamente alcanzado por las partes con la intervención de un mediador.

“No podemos desconocer que uno de los desafíos del Servicio Público de la Justicia en nuestro tiempo es el de mejorar el acceso a un sistema apropiado de resolución de controversias sin restringir el Derecho Fundamental de Tutela Judicial efectiva y el acceso a la Justicia”, señala el órgano de gobierno de los jueces.

Garantizar tal sistema se ha convertido en “una nueva vertiente o dimensión del Derecho de acceso a la Justicia en el marco del espacio de libertad, seguridad y justicia de la Unión Europea, y es también, por lo tanto, una obligación de las Administraciones Públicas del Estado Español”, teniendo en cuenta que, en ambos ámbitos, el Derecho de Acceso a la Justicia no solo abarca la vía judicial sino también los métodos extra judiciales, intra judiciales o intra procesales, de resolución de litigios.

Los métodos de solución de controversias deben ser, por tanto, considerados por el conjunto de los ciudadanos como un importante beneficio de cara al acceso a la Justicia, la reducción de sus costes y la duración de los procedimientos.

Han transcurrido trece años desde que se aprobara la Directiva de Mediación 2008/52 de 21 de mayo de 2008, y nueve años de vigencia en el sistema jurídico español de la Mediación en asuntos civiles y mercantiles. Queda mucho camino por recorrer, según el CGPJ, para una implantación normalizada de los medios de solución de las controversias.

Como recuerdan el propio Parlamento Europeo y la Comisión de la UE en diversos informes, y ha sido expresamente puesto de manifiesto en sus estudios de los años 2016 y 2017 sobre la aplicación de la Directiva de Mediación de 2008/52, se constata en el seno de los países miembros de la Unión Europea un desconocimiento general y una deficiente y mínima cultura, práctica y utilización de la mediación y de los diversos medios de solución de controversias, aunque exista una demanda implícita de Instrumentos jurídicos e instituciones jurídicas de calidad y de las soluciones auto compositivas intra o extrajudiciales.

El Consejo recoge que “los objetivos de lograr una relación equilibrada entre Mediación y Proceso Judicial no se han logrado, ya que en la mayoría de los Estados miembros la Mediación se utiliza en menos del 1% de los casos llevados ante los Tribunales”, según el informe de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo y al Comité Económico y Social Europeo sobre la aplicación de la Directiva 2008/52, de 26 de agosto de 2016, y Resolución del Parlamento Europeo de 12 de septiembre de 2017 sobre la aplicación de la Directiva 2008/52.

Ante el más que previsible incremento de la litigiosidad y, por ende, de los procedimientos judiciales como consecuencia de la pandemia, el CGPJ defiende que la Mediación intra judicial puede ser una respuesta idónea en no pocos supuestos y, por ello, su impulso y fomento seguirá siendo auspiciado con entusiasmo e intensidad, en el ámbito de sus competencias.

HERRAMIENTA PARA LOS JUECES

El CGPJ quiere reiterar que la Mediación es Justicia y, por tanto, incumbe a todos los integrantes de la carrera judicial, pues está incluida en la función jurisdiccional, conectada a los juzgados y tribunales, y así se refleja en las recientes reformas procesales. No se trata de una justicia sin jueces, sino de una herramienta de los Jueces al servicio de la Justicia.

Además, es una respuesta que mejora la calidad de las soluciones y de la Justicia desde el reconocimiento de la tutela jurídica y del derecho de acceso de los ciudadanos a la Justicia, así como un instrumento de participación e implicación ciudadana en la Justicia.

El fomento de la Mediación intra judicial y la potenciación de los medios adecuados para la solución de las controversias son medidas que el CGPJ ha considerado inexcusables para avanzar en la modernización, la agilización procesal y la mejora de la calidad de la Justicia, integrando el conjunto de las medidas organizativas y procesales aprobadas por el CGPJ en la sesión plenaria del 16 de junio de 2020, dentro del Plan de Choque para la Administración de Justicia tras el estado de Alarma.

El Consejo tiene en cuenta que ninguna de las medidas a introducir en las reformas que se están poniendo en marcha debe ir en detrimento de las garantías procesales de los justiciables, ni mermar la calidad del servicio judicial, el derecho de acceso a la Justicia y la tutela judicial efectiva.

El papel de los jueces es muy importante, sobre todo respecto de la Mediación intra judicial o intra procesal. La modernización, la agilización y las necesarias reformas de la Justicia que implican, deben introducir mecanismos que faciliten y reconozcan la labor del Juez en la búsqueda de acuerdos, potenciando su labor conciliatoria y sus posibilidades de derivación a mediación, sin detrimento de las que puedan corresponder a las partes y demás operadores jurídicos.

Las medidas de fomento de los acuerdos, sin retrasar la duración de los procedimientos, se han de extender a todos los órdenes jurisdiccionales y a todas las fases de los procesos, incluidas las de recurso y ejecución, en su caso. Aboga también por establecer nuevas fórmulas que incentiven la mediación desde el punto de vista social, profesional, económico, fiscal, y reconocer el uso de esta herramienta en la valoración y reconocimiento de la carga de trabajo, los rendimientos y la actividad profesional de la carrera judicial.

Por otro lado, se hace preciso promover un modelo de prestación de servicios de mediación intra judicial evitando la actual dispersión de modelos, unificando contenidos formativos, procedimientos y prácticas bajo criterios de control y calidad, incrementando así mismo las campañas de información y de concienciación sobre las características y potencialidades de la mediación.

Así, el Consejo considera preciso desarrollar institucionalmente la organización de Servicios o Unidades funcionales de Mediación o, en todo caso, el establecimiento de medios adecuados de solución de controversias en torno a las sedes judiciales, a partir de las experiencias desarrolladas y que se vienen desarrollando. Y para ello quiere la implicación de todas las Administraciones Públicas, del Ministerio de Justicia y de las Comunidades Autónomas.

(SERVIMEDIA)
21 Ene 2021
SGR/clc