Bitcoin

Gestha asegura que la generalización de la criptomoneda como método de pago reduciría su opacidad

- La nueva ley antifraude obligará a los intermediarios que acepten el pago con criptomonedas a emitir una factura con nombre y domicilio, según la organización

MADRID
SERVIMEDIA

Los técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha) consideran que la generalización de las criptomonedas como método de pago, junto al proyecto de ley antifraude que actualmente se tramita en el Congreso, sería un hecho que “le vendría bien” a la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) ya que facilitaría la trazabilidad de estos servicios financieros y, por tanto, reduciría su opacidad.

Esta es la principal conclusión que esgrime el secretario general del sindicato más representativo del Ministerio de Hacienda, José María Mollinedo, en entrevista con Servimedia y en la que matizó que la Agencia Tributaria “no tiene ninguna intención de fomentar o perjudicar la moneda virtual como método de pago”, recordando los riesgos que el Banco de España y la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) enumeraron esta semana en torno a estos activos financieros.

Los dos organismos señalaron que las monedas virtuales son “una apuesta de alto riesgo” por su “extrema volatilidad, complejidad y falta de transparencia”, y recordaron que no cuentan con ningún tipo de supervisión o regularización, lo que conlleva “un alto componente especulativo que puede suponer incluso la pérdida total de la inversión”.

Esta advertencia se divulgó un día después de que la compañía automovilística dirigida por Elon Musk, Tesla, anunciase una inversión en Bitcoin de 1.500 millones de dólares (en torno a 1.250 millones de euros, según el cambio actual), y la aceptación de esta divisa digital como método de pago “en un futuro próximo”. Como consecuencia de esta operación, la cotización del activo digital se incrementó en un 12% y alcanzó niveles máximos. Su valor supera ya los 47.000 dólares (39.000 euros).

En la actualidad, la legislación tributaria no obliga a declarar la tenencia de criptomonedas salvo que se produzca la venta o transferencia de una serie de activos que generen un incremento patrimonial. En ese caso, los inversores deben reflejarlo en la declaración de la renta, según explica José María Mollinedo. A esta realidad hay que sumarle que, actualmente, no es posible trazar los movimientos de las criptomonedas, ya que su funcionamiento se basa en el uso de la tecnología ‘blockchain’ o “cadena de bloques”, que imposibilita encontrar en la red cualquier tipo de rastro que delate la identidad del poseedor de este activo financiero.

En esta coyuntura, el Gobierno ha formulado una nueva ley antifraude que introduce la obligación a usuarios, intermediarios y entidades de informar sobre el saldo y los movimientos realizados con criptomonedas para así poder detectar delitos como el blanqueo de capitales, que se encuentra actualmente en tramitación parlamentaria. “La regulación que España está implementado para que esa opacidad no sea, al menos, tan grande como hasta la fecha, obligando por las dos vías (usuario y entidad) a que esa información trascienda y aflore”, afirmó el secretario general de Gestha.

FACTURA CON NOMBRE

Esta nueva legislación, según detalla Mollinedo, obliga a todas las compañías o entidades que proporcionen claves criptográficas a notificar a la Agencia Tributaria el saldo y la identificación de las personas titulares o beneficiarias de las monedas virtuales que custodie su plataforma “para que, de alguna forma, se pueda alcanzar la información del titular”.

Por otro lado, las empresas que lleven a cabo su actividad en España y operen con criptomonedas también estarán obligadas a comunicar las operaciones de compra, transmisión o transferencia de monedas, además de los cobros o pagos que se realizan con dichas monedas. Pero, a diferencia de las entidades que proporcionan criptomonedas, Mollinedo señala que estas compañías deberán emitir una factura ordinaria en la que se identifiquen el nombre y el domicilio, entre otras cuestiones.

“Un concesionario que reciba criptomonedas (a cambio de un servicio o producto) está obligado a facilitar la información de las personas que le han pagado. En ese proceso ya se identifica a la persona, porque la empresa tiene la obligación de emitir una factura. Además, la persona que compre un vehículo también tiene la obligación de inscribir su titularidad en el registro de la Dirección General de Tráfico (DGT)”, prosiguió el secretario general de Gestha, quien afirmó que, pese a que la Unión Europea no reconozca las criptomonedas como un método de pago, las compañías tienen la posibilidad de permutar sus servicios y productos por criptomonedas.

BRUSELAS, EN CONTRA DEL MODELO 720

Asimismo, los datos obtenidos en esta fase se podrán contrastar con la información cumplimentada por los usuarios, que, a diferencia de los intermediarios y entidades, no todos estarán obligados a presentar una declaración ante Hacienda. Según el proyecto de ley antifraude presentado por el Gobierno, solo los inversores con una cartera equivalente o superior a 50.000 euros deberán presentar a partir de este año una declaración de divisas digitales ante Hacienda.

Si el proyecto de ley se aprueba en sus términos actuales, deberán remitir esta información a través de la declaración informativa sobre bienes y derechos en el extranjero (conocido como el modelo 720), que incluirá un nuevo apartado exclusivo para criptomonedas. La Unión Europea abrió el año pasado un expediente sancionador contra España por las elevadas multas que impone este modelo a aquellas personas que presentan la información fuera de plazo, independientemente de su contenido. Estas penas pueden elevarse hasta el 150% del patrimonio no declarado, ya que tienen carácter confiscatorio.

“Nosotros hicimos una propuesta para modificar y graduar las sanciones de estos incumplimientos para así acomodarlas al resto de infracciones tributarias y, sobre todo, modificar las consecuencias de la falta de declaración de este modelo de información, porque tiene unas consecuencias punitivas muy altas. Si las criptomonedas no se declaran en plazo, todo el saldo que hay se considerará una ganancia patrimonial no justificada”, aseguró Mollinedo, quien, por otro lado, sí consideró que es “una buena forma” de exigir esta información a los inversores.

“Lo único es que las sanciones que se imponen para quien incumpla la obligación de información de criptomonedas en el modelo 720 son las mismas que ya están cuestionadas por la Comisión Europea y es posible que, si al final hay un pronunciamiento desfavorable a la normativa española, se dé la vuelta a todas las sanciones que se hayan podido promover”, concluyó el secretario general de Gestha.

(SERVIMEDIA)
14 Feb 2021
PTR/ecr/clc