La Audiencia revoca el procesamiento de los tres mandos policiales acusados en el "caso Faisán"
- Devuelve la causa al instructor para que amplíe la investigación
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El pleno de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha decidido por unanimidad revocar el procesamiento dictado contra los tres mandos policiales acusados en el “caso Faisán” y ha acordado devolver la causa al instructor, el juez Pablo Ruz, para que amplíe la investigación sobre la delación que, el 4 de mayo de 2006, alertó a ETA de la operación que se iba a llevar a cabo contra su aparato de extorsión.
Los 14 magistrados que conformaron el pleno de la Sala de lo Penal concluyeron tras deliberar durante cerca de cuatro horas que, si bien “los hechos revisten caracteres de delito”, no existen indicios “suficientes” contra los hasta ahora procesados, el jefe superior de Policía del País Vasco, Enrique Pamiés, el que fuera director general de la Policía Nacional Víctor García Hidalgo y el inspector de Vitoria José María Ballesteros.
Por ello, han decidido devolver la causa al juez Ruz para que amplíe la investigación.
“Los indicios contra los procesados no son suficientes, requiriéndose una más amplia investigación”, señala el comunicado difundido por la Audiencia Nacional a la espera de conocer en los próximos días el auto que dictará la Sala de lo Penal en base a la ponencia realizada por el magistrado José Ricardo de Prada.
Los magistrados no han entrado finalmente a valorar si los hechos pueden dar lugar a una acusación por delitos de colaboración con ETA y si, por lo tanto, la competencia para investigar el caso corresponde a la Audiencia Nacional o a la justicia ordinaria, en este caso los juzgados de instrucción de Irún (Guipúzcoa), lugar en el que tuvo lugar la delación a ETA el 4 de mayo de 2006.
IMPUTACIÓN POR COLABORACIÓN
A pesar de que la Sala de lo Penal ha revocado el auto de procesamiento -la fase previa al enjuiciamiento- dictado por el juez Ruz el pasado 13 de julio, García Hidalgo, Pamiés y Ballesteros continúan imputados en la causa por delitos de colaboración con organización terrorista y revelación de secretos, según informaron fuentes de la Audiencia Nacional.
El titular del Juzgado de Instrucción número 5 de la Audiencia Nacional concluyó en su auto de procesamiento que el inspector Ballesteros fue la persona que entregó a las 11.23 horas del 4 de mayo de 2006 a Elosua, dueño del bar Faisán de Irún (Guipúzcoa) y presunto enlace del aparato de extorsión de ETA, un móvil.
El magistrado sostenía también que a través de ese móvil, el jefe superior de Policía del País Vasco, Enrique Pamiés, alertó a Elosua de la operación que se iba a llevar a cabo contra el aparato de extorsión de ETA. Esta delación habría contado con la colaboración y connivencia del que fuera director general de la Policía Nacional Víctor García Hidalgo.
POSICIÓN DE LA FISCALÍA
La decisión de la Sala de lo Penal significa que no han triunfado las tesis del fiscal jefe de la Audiencia Nacional, Javier Zaragoza, quien aseguró este martes en la vista celebrada por la Sala de lo Penal para decidir el futuro del “caso Faisán” que los tres mandos policiales que estaban procesados en la causa del “chivatazo” no pretendían “coadyuvar” a los fines de ETA sino que actuaron guiados por “otras motivaciones”.
Este fue uno de los principales argumentos utilizados por la Fiscalía para pedir que el sumario fuese remitido a la justicia ordinaria, en concreto a los juzgados de instrucción de Irún (Guipúzcoa).
(SERVIMEDIA)
21 Sep 2011
DCD/lmb