Medio ambiente

La Justicia europea sentencia que hay extracciones ilegales de agua para cultivo en Doñana

- Subraya que España no ha adoptado medidas para evitar la alteración de hábitats protegidos

MADRID
SERVIMEDIA

El Tribunal de Justicia de la UE sentenció este jueves que España ha incumplido la Directiva Marco del Agua en dos aspectos relativos a las extracciones de agua subterránea para cultivos de frutos rojos en Doñana: no ha tenido en cuenta las obtenidas de forma ilegal y las destinadas al abastecimiento urbano, y no ha adoptado medidas para evitar las alteraciones de hábitats protegidos provocadas por esa obtención ilegal del agua.

El Espacio Natural de Doñana, situado en Andalucía, comprende entre otros el Parque Nacional de Doñana y el Parque Natural de Doñana. En 2006 se establecieron tres zonas de conservación de importancia europea con arreglo a la Directiva sobre los Hábitats: Doñana (que ya era desde 1987 zona de protección de aves), Doñana Norte y Oeste, y Dehesa del Estero y Montes de Moguer.

En 2009, la Comisión Europea y el Parlamento Europeo recibieron varias quejas y peticiones que denunciaban el deterioro de los hábitats del Espacio Natural de Doñana, pues fuera de las zonas de conservación están los cultivos de frutos rojos (sobre todo fresas) más importantes de Europa, que en una medida considerable se riegan con la extracción de agua subterránea.

Esta extracción rebasa la recarga de agua subterránea en determinadas áreas, de modo que en esos lugares el nivel de las aguas subterráneas lleva descendiendo desde hace muchos años.

La Comisión consideró que esta situación infringe la prohibición de deterioro impuesta por la Directiva Marco sobre el Agua, así como, por lo que respecta a diversos hábitats de las zonas de conservación que se han secado por el nivel cada vez menor de las aguas subterráneas, la prohibición de deterioro contenida en la Directiva sobre los Hábitats. Por ello, interpuso un recurso contra España ante el Tribunal de Justicia de la UE.

La Justicia europea estimó este jueves parcialmente el recurso de la Comisión Europea al declarar que España ha incumplido las obligaciones que le incumben sobre la Directiva Marco sobre el Agua en dos aspectos.

Primero, España no tuvo en cuenta las extracciones de agua ilegales y las extracciones de agua para el abastecimiento urbano en la estimación de las extracciones de agua subterránea de la comarca de Doñana en el marco del Plan Hidrológico del Guadalquivir 2015-2021, que no contiene toda la información necesaria para determinar la repercusión de la actividad humana en las masas de agua subterránea de la comarca de Doñana.

En segundo lugar, España no previó, dentro de ese Plan Hidrológico, ninguna medida para evitar la alteración de los tipos de hábitats protegidos situados en la zona protegida de Doñana provocada por las extracciones de agua subterránea para abastecer el núcleo turístico de Matalascañas (Huelva).

Sin embargo, el Tribunal de Justicia de la UE consideró que la Comisión Europea no ha demostrado que España haya incumplido su obligación de evitar el deterioro del estado de las masas de agua subterránea del Espacio Natural de Doñana en el sentido de la Directiva Marco sobre el Agua, en el sentido de que el Ejecutivo comunitario no ha acreditado que las que se encontraban en mal estado se hayan deteriorado aún más.

HÁBITATS

Por otro lado, el Tribunal de Justicia declaró que España ha incumplido la Directiva sobre los Hábitats al no adoptar las medidas apropiadas para evitar las alteraciones apreciables de los tipos de hábitats protegidos situados en las zonas protegidas desde el 19 de julio de 2006 Doñana, Doñana Norte y Oeste, y Dehesa del Estero y Montes de Moguer, provocadas por las extracciones de agua subterránea a partir de esa fecha.

La sentencia destaca que de varios datos científicos se desprende que la sobreexplotación del acuífero de Doñana ha acarreado un descenso del nivel de las aguas subterráneas (nivel piezométrico), que ocasiona una alteración constante de las zonas protegidas del Espacio Natural de Doñana.

Estos datos ponen de relieve las repercusiones de las extracciones de agua para el abastecimiento urbano del núcleo turístico de Matalascañas en los ecosistemas de la zona protegida Doñana, sobre todo en los tipos de hábitats prioritarios, y en especial sobre los estanques temporales mediterráneos.

Los mencionados datos confirman, según el Tribunal de Justicia de la UE, que el deterioro de estos hábitats continúa y que su estado seguirá deteriorándose por el descenso del nivel piezométrico del acuífero y que España no ha adoptado las medidas necesarias para poner fin a ese deterioro.

(SERVIMEDIA)
24 Jun 2021
MGR/gja