Consumo

Justicia Alimentaria pide “celeridad” en el desarrollo del decreto que permitirá regular la publicidad de alimentos “nocivos” para menores

MADRID
SERVIMEDIA

Justicia Alimentaria pidió este jueves “celeridad” en el desarrollo del real decreto que, a partir de 2022, permitirá al Ministerio de Consumo regular de forma directa la publicidad de alimentos y bebidas “no saludables y nocivos” dirigida a menores de 16 años, en sustitución del actual Código PAOS de autorregulación, vigente desde 2005.

Así se pronunció la organización en un comunicado emitido tras el anuncio en ese sentido del titular de dicha cartera, Alberto Garzón, y en el que dijo “celebrar” esta decisión que, a su juicio, “cambia el paradigma" de la salud alimentaria "apostando por un sistema regulatorio público y no el de la autoregulación empresarial actual”.

“La población infantil es altamente vulnerable a la publicidad”, agregó Justicia Alimentaria, que recordó que regular la publicidad y “proteger” los derechos y la salud de la infancia del “marketing desmesurado” ha sido uno de sus “caballos de batalla” en los últimos años, en los que ha trabajado para eliminar la publicidad de alimentos “insanos” para la salud de la población infantil.

A su entender, la “mayoría” de los anuncios alimentarios están relacionados con productos no saludables, contribuyendo, según su punto de vista, al desarrollo de obesidad y sus complicaciones en la infancia, “con el consiguiente aumento del riesgo de desarrollar enfermedades cardiovasculares y cáncer en el futuro”, tal y como defiende el Gobierno.

Según el director de la organización, Javier Guzmán, el anuncio de Garzón supone “una gran oportunidad” para “combatir” las enfermedades relacionadas con la “mala alimentación”, si bien urgió a “concretar el decreto e ir lo más rápido posible" debido, dijo, al "enorme retraso que tenemos en este país”.

Además, para ser eficaz, la regulación de la publicidad alimentaria debería abarcar también, según su criterio, embalajes, videojuegos, telefonía móvil y patrocinios de congresos, jornadas, eventos deportivos o cualquier otro en el que participen menores, les pueda resultar atractivo o pueda contar entre su audiencia con público infantil.

A su entender, dicha publicidad debe excluir el uso de cualquier tipo de marketing promocional, como descuentos, fórmulas 3x2 y “ganchos comerciales” y también hay que “revisar” el artículo 44.4 de la ley 17/2011, de Seguridad Alimentaria y Nutrición, para evitar la utilización de “avales” de asociaciones, corporaciones, fundaciones o instituciones relacionadas con la salud y la nutrición en la publicidad o promoción directa o indirecta de alimentos y bebidas no saludables.

(SERVIMEDIA)
28 Oct 2021
MJR/clc