Interior
El BNG quiere que la Policía no pueda identificar por llevar la cara cubierta y que no se multe a los que rechacen dar sus datos

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El BNG ha presentado enmiendas a la reforma de la Ley de Seguridad Ciudadana que se tramita en el Congreso de los Diputados, en las que pide que las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado no puedan identificar a una persona por llevar el rostro tapado o cubierto, ya que lo consideran “superfluo”, y que la negativa a identificarse “no pueda ser en ningún caso sancionada”.
La modificación de la Ley de Seguridad Ciudadana se está desarrollando a partir de una proposición de ley del PNV admitida a trámite en octubre de 2019 y a la cual los partidos han podido presentar enmiendas hasta el pasado 11 de noviembre.
Así, de acuerdo con las enmiendas a las que ha tenido acceso Servimedia, el único diputado del Bloque Nacionalista Galego, Néstor Rego, presentó una serie de enmiendas a la norma, entre las que destacan algunas como la de adición por la que se modificaría el apartado 1 del artículo 16, debido a que el partido nacionalista gallego considera que debe eliminarse toda referencia en este artículo a “la posibilidad de identificación en relación con la prevención delictiva como título habilitante para la identificación”.
De este modo, en el cumplimiento de sus funciones de indagación de delitos o infracciones ya cometidas, así como para la sanción de infracciones penales y administrativas, los agentes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad solamente podrán requerir la identificación de las personas cuando existan indicios de que han podido participar en la comisión de una infracción administrativa o penal concreta.
Solo en este supuesto, los agentes podrán realizar las comprobaciones necesarias en la vía pública o en el lugar donde se hubiese hecho el requerimiento. Además, recoge el texto propuesto por el BNG, en la práctica de la identificación se respetarán estrictamente los principios de proporcionalidad, igualdad de trato y no discriminación por razón de nacimiento, nacionalidad, origen racial o étnico, sexo, religión o creencias, edad, discapacidad, orientación o identidad sexual, opinión “o cualquier otra condición o circunstancia personal o social”.
El BNG considera que debe eliminarse toda referencia a la posibilidad de identificación en relación con la prevención la prevención delictiva, ya que “permite identificaciones inmotivadas dada la generalidad y amplitud del concepto de prevención”.
Por otra parte, señalan desde la formación nacionalista, también se elimina la referencia a las personas con el rostro tapado o cubierto, “que resulta superfluo”, pues también en esos casos “deben ser identificados solo si existe sospecha fehaciente de su participación en un delito o infracción penal concreto”. Para el BNG, “el mero hecho de ir con la cara cubierta no puede habilitar a la policía para exigir la identificación ciudadana”.
En otra enmienda de adición para incorporar un nuevo apartado vigésimo segundo bis, por el que se modifica el apartado 6 , del artículo 36, proponen mantener el comienzo del artículo que señala “la desobediencia o la resistencia a la autoridad o a sus agentes en el ejercicio de sus funciones, cuando no sean constitutivas de delito”, pero proponen eliminar la parte que alude a la negativa a identificarse a requerimiento de la autoridad o de sus agentes o la alegación de datos falsos o inexactos en los procesos de identificación.
Para el BNG, la negativa a identificarse si el ciudadano considera que no obedece o se justifica en las habilitaciones que establece la ley “no puede ser en ningún caso sancionada”.
(SERVIMEDIA)
02 Dic 2021
MGN/NBC/clc