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La CNMC sanciona a Telefónica y a Opera por uso indebido de números 902
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La CNMC ha multado a Telefónica y a Operadora de Telecomunicaciones Opera, por ofrecer a las empresas la contratación de líneas 902 a cambio de un beneficio económico.
La normativa prohíbe expresamente la retribución a las compañías por las llamadas a este ‘número inteligente’ en el que el consumidor paga la totalidad de la llamada.
Los hechos ocurrieron entre julio de 2017 y mayo de 2019 en el caso de Telefónica, y entre enero de 2017 y enero de 2021 en el caso de Opera, y uponen una infracción grave de la Ley General de Telecomunicaciones, puesto que implica el incumplimiento de las condiciones determinantes de las atribuciones y el otorgamiento de los derechos de uso de los recursos incluidos en los planes de numeración, según informa el organismo supervisor en un comunicado. La multa de Telefónica es de 160.000 euros y la de Opera de 65.000.
CONOCIMIENTO DEL CLIENTE
Las empresas contratan las líneas 902 para centralizar los servicios que ofrecen a sus clientes bajo el paraguas de un mismo número. Se trata de un ‘número inteligente’ que permite a las empresas conocer desde qué lugar geográfico se hace la llamada o a qué hora y esta información les permite mejorar sus servicios de atención al cliente.
Sin embargo, el precio de las llamadas a un número 902 resulta más elevado para los consumidores que las llamadas a números geográficos. Se trata de un número que no está incluido en las tarifas planas y cuyos precios de las llamadas no están regulados, y esto permite al operador fijar el precio que considera oportuno, distinguiéndose éste según si la llamada se realiza desde un teléfono fijo o móvil, desde el que suele ser más elevado su precio.
La normativa no prevé qué servicios se deben prestar a través de esta numeración. En todo caso, sí que prohíbe expresamente la retribución al abonado (o empresa) que contrata la numeración 902, por las llamadas dirigidas a estos números. Esto significa que la compañía a la que el usuario llama para recibir una información no puede recibir dinero por la llamada. Es decir, el usuario llamado tiene que pagar el coste íntegro de la llamada a su compañía telefónica.
(SERVIMEDIA)
16 Dic 2021
JRN/gja