Amnistía, sobre la reforma del Código Penal: “Ataca la libertad de expresión, información y reunión”
- Critica la “tipificación vaga e imprecisa” de los delitos de terrorismo
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Amnistía Internacional (AI) afirmó este miércoles que la reforma del Código Penal, que podría aprobar esta semana la Comisión de Justicia del Congreso de los Diputados, “pone en peligro el derecho a la libertad de expresión, información y reunión pacífica, y se olvida de los crímenes de derecho internacional”.
Además, apuntó que la reforma “ahonda en las limitaciones de derechos ya existentes sobre terrorismo, al introducir 12 nuevas enmiendas que amplían de tal forma y de manera tan vaga e imprecisa la definición de terrorismo que conductas que no tienen naturaleza terrorista podrían ser sancionadas de manera incompatible con las normas del derecho internacional”.
Amnistía Internacional señaló que “no existe una definición internacionalmente aceptada de terrorismo”, pese a lo cual el relator especial de la ONU sobre esta materia ha indicado que los actos de terrorismo tienen que cumplir tres características acumulativas: intencionalidad de causar muerte, heridos graves o tomar rehenes; propósito de atemorizar o intimidad a la población u obligar a un gobierno o a una organización internacional a realizar un acto o abstenerse de hacerlo, y los delitos definidos en convenciones y protocolos internacionales.
“Las 12 enmiendas presentadas por el Grupo Popular en el Congreso castigan con penas más graves delitos como la difusión de mensajes y consignas, la colaboración, adiestramiento, enaltecimiento y justificación, sin que sea necesario que reúnan las características de las que habla el relator”, recalcó AI.
Además, Amnistía Internacional pidió que se rechacen las modificaciones del artículo 571, porque “incluyen una variedad de delitos de gravedad dispar (por ejemplo, daños en propiedad ajena, ultrajes a España, atentados contra la autoridad o resistencia y desobediencia a la autoridad) que no tienen por qué ser castigados como delitos de terrorismo”.
El director de Amnistía Internacional España, Esteban Beltrán, apuntó que los delitos de terrorismo son “muy graves”, por lo cual deben estar “bien” recogidos en la reforma del Código Penal, cuya “tipificación vaga e imprecisa podría llevar a sancionar la protesta, así como comportamientos pacíficos que no tienen naturaleza terrorista”. “Algunos comportamientos reprochables de manera penal no deben ser catalogados como delitos de terrorismo si no reúnen los requisitos que indican las normas del derecho internacional”, añadió.
MENSAJES EN WEBS Y PROTESTAS
Por otro lado, esta organización señaló que la reforma del Código Penal castiga la difusión o distribución de mensajes o consignas que, por su contenido, puedan ser idóneos para incitar a otros a la comisión de alguno de los delitos de terrorismo, independientemente de si lo promueven directamente o no.
La responsable de Política Interior de Amnistía Internacional España, Virginia Álvarez, comentó que el artículo que recoge esta novedad es “demasiado amplio y general, ya que no exige el elemento claro de intencionalidad, lo que parece invertir la carga de la prueba: ahora es el ciudadano quien tiene que demostrar que no había intención, en lugar del Estado”. “Puede constituir una limitación desproporcionada e innecesaria del derecho a la libertad de expresión e información”, apostilló.
Por otra parte, AI destacó que el texto crea nuevos delitos y aumenta las penas contra los manifestantes. Por ejemplo, introduce penas más graves para los desórdenes públicos si se producen en el contexto de las manifestaciones y podría castigar la resistencia pacífica a la autoridad, como puede ser una sentada, hasta con penas privativas de la libertad, así como la ocupación de despachos, oficinas, establecimientos o locales, aunque estén abiertos al público, si perturban el funcionamiento normal de la actividad en estos lugares.
Esta organización consideró “alarmante” que la reforma “pueda convertir en acto criminal la sola participación en la protesta, pudiéndose castigar conductas que no produzcan daños o lesiones a terceros”.
Por último, Amnistía reclamó que se tipifiquen en el Código Penal los delitos de desaparición forzada, ejecución extrajudicial o tortura. “Si no se recogen adecuadamente estos crímenes, se podría llevar, una vez más, a la impunidad a la hora de acceder a la justicia para las víctimas”, concluyó Beltrán.
(SERVIMEDIA)
14 Ene 2015
MGR/caa