Madrid. La Comunidad integrará las empresas públicas de seis hospitales en el Servicio Madrileño de Salud

- El Consejo de Gobierno aprueba el proyecto de Ley de Medidas Fiscales y Administrativas

MADRID
SERVIMEDIA

El Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid aprobó hoy el proyecto de Ley de Medidas Fiscales y Administrativas para 2016, que recoge la integración de las empresas públicas de los Hospitales Infanta Cristina, Infanta Sofía, Sureste, Henares, Infanta Leonor y Tajo, en los que trabajan más de 5.600 profesionales, en el Servicio Madrileño de Salud (Sermas) como centros de atención hospitalaria de gestión directa, sebún explicó su presidenta, Cristina Cifuentes.

Cifuentes indicó que esta medida e llevará a cabo una vez que se produzca la extinción de su condición actual de empresas públicas, que está prevista para el 30 de junio de 2016.

Además, añadió, se crean las nuevas categorías profesionales de enfermero/enfermera especialista, óptico optometrista, auxiliar de farmacia y técnicos de emergencias sanitarias y se deroga la declaración a extinguir de 26 categorías de personal estatutario de gestión y servicios en la sanidad pública, como albañil, cocinero, telefonista, peluquero, etcétera.

También se deroga la regulación que establecía que, para los concursos de méritos de funcionarios, no se computara como trabajo desarrollado los períodos por incapacidad temporal o por licencias sin sueldo.

Asimismo, se elimina la tasa de diez euros que deben pagar los usuarios del sistema sanitario público por emisión sucesiva de la tarjeta sanitaria, sea por robo, rotura o extravío.

Se suprimen también otras dos tasas: la tasa por ordenación de instalaciones y actividades industriales, energéticas y mineras y la tasa por autorización o reconocimiento de compatibilidad con actividades públicas o privadas al personal al servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid.

Por otro lado, este proyecto de ley modifica la regulación de los órganos de gobierno de la Agencia Madrileña de Atención Social (AMAS), con el fin de adecuarla a las nuevas estructuras creadas en el pasado mes de julio, que supusieron la supresión del Instituto Madrileño de la Familia y el Menor (IMFM).

De esta manera, la AMAS asume las competencias de gestión de los centros públicos de acogimiento residencial de menores de la Comunidad de Madrid, que se suman a las que ya tenía con los centros públicos de atención a personas mayores y personas con discapacidad intelectual. El resto de competencias del extinto IMFM ya fueron asumidas por la Dirección General de la Familia y el Menor.

Como complemento a las medidas de racionalización del gasto público, se modifica la Ley de Ordenación de los Servicios Jurídicos de la Comunidad de Madrid para ampliar los sujetos a los que la Abogacía General podrá prestar asesoramiento jurídico y representación y defensa en juicio.

Con esta modificación, la asistencia del proyecto de ley prevé la creación del Consejo de Estudiantes universitarios como órganos de participación y consulta, así como la Comisión de Ciencia y Tecnología de la Comunidad de Madrid, que coordinará las actuaciones en esta materia entre las distintas consejerías.

Asimismo, se contempla una modificación de la Ley de Ordenación y Coordinación de los Transportes Urbanos, con el objetivo de perseguir de manera más efectiva los servicios de transporte urbano que no cuenten con licencia municipal.

Para ello, se podrá inmovilizar el vehículo sin necesidad de que el responsable hubiese sido sancionado en los 12 meses anteriores, por la misma infracción, requisito que recoge la actual legislación.

Dicha inmovilización podrá evitarse si se abona la cuantía de la sanción en el momento de la denuncia en concepto de depósito. En este sentido, la nueva redacción precisa que se inmovilizarán los vehículos infractores, incluso cuando las personas responsables tengan su residencia en España, ya que las leyes estatales sólo prevén la inmovilización del vehículo para infractores extranjeros.

También se añade la compatibilidad de la sanción con la obligación de indemnizar los daños y perjuicios causados por la realización de dicha actividad.

El citado proyecto de ley modifica la denominación de la Agencia de Informática y Telecomunicaciones de la Comunidad de Madrid (ICM), que pasará a denominarse Agencia para la Administración Digital de la Comunidad de Madrid, más acorde con la actividad y las nuevas funciones de la agencia.

ACTIVIDAD INDUSTRIAL

Además, para incentivar la actividad industrial en la región, se prorroga durante 2016 la rebaja en el 95% de la cuota del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) y Actos Jurídicos Documentados (AJD) para las operaciones de compra de suelo industrial en el Corredor del Henares, Sureste y Sur Metropolitano.

El objetivo de esta medida es potenciar la dinamización de la actividad económica en nuestra región facilitando la adquisición y acondicionamiento de inmuebles para uso industrial.

Por otra parte, se posibilitará que los ayuntamientos con menos de 2.500 habitantes no tengan que cofinanciar, cuando así se justifique, las actuaciones contempladas en el Plan Regional de Inversiones (Prisma).

Asimismo, este proyecto contempla la modificación de la Ley de Espectáculos Públicos, de manera que se introduce la posibilidad de que los menores de 16 años puedan acceder a salas de fiestas, de conciertos, de baile o discotecas cuando vayan acompañados de padres, tutores o una persona mayor de edad responsable.

Además, se añade que los menores de 18 años, cuando se trate de establecimientos donde se venda o facilite el consumo de bebidas alcohólicas, deberán ser identificados para evitar que puedan consumir alcohol.

Asimismo, los establecimientos podrán disponer de sesiones especiales para mayores de 14 años, con horarios y señalización diferenciada.

En materia de vivienda, se posibilitará que los ocupantes sin título (en la mayoría de los casos familiares del adjudicatario inicial en régimen de arrendamiento) de viviendas protegidas de la Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid puedan permanecer en el inmueble con un contrato de arrendamiento, siempre y cuando pueda acreditar que ha sido su vivienda habitual en los últimos 12 meses.

En materia de juego, se adapta la Ley de Juego de la Comunidad a la Ley de Garantía de Unidad de Mercado, lo que permite dar validez en la región a las homologaciones de materia de juego y al registro de las empresas de juego en otras comunidades autónomas. Además, se regulará la instalación en establecimientos de juego de terminales físicos de juego 'online'.

Por otra parte, se autoriza por ley la cesión de datos de carácter personal, de beneficiarios de la Renta Mínima de Inserción (RMI), entre el Servicio Público de Empleo y la Consejería de Políticas Sociales.

De esta forma, se garantiza la puesta en marcha de políticas activas de empleo adecuadas a los beneficiarios de la Renta Mínima de Inserción que mejoren sus posibilidades de acceso al mercado de trabajo.

(SERVIMEDIA)
12 Nov 2015
SMO/gja