El TC admite a trámite el recurso del Gobierno contra la ley foral de las policías de Navarra, que queda suspendida

MADRID
SERVIMEDIA

El Pleno del Tribunal Constitucional ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad promovido por el presidente del Gobierno contra determinados apartados del artículo único de la Ley Foral 15/2015, de 10 de abril, que modifica la Ley Foral 8/2007, de 23 de marzo, de las Policías de Navarra.

El Tribunal acuerda dar traslado de la demanda al Congreso de los Diputados y al Senado, así como al Parlamento y al Gobierno de Navarra, que dispondrán de quince días para personarse en el proceso y formular las alegaciones que estimen convenientes.

El Pleno acuerda también la suspensión de la vigencia y aplicación de los apartados de la ley objeto de la impugnación, decisión que es consecuencia automática de la invocación por parte del Gobierno en su recurso del artículo 161.2 de la Constitución.

Dicho precepto establece que “el Gobierno podrá impugnar ante el Tribunal Constitucional las disposiciones y resoluciones adoptadas por los órganos de las comunidades autónomas. La impugnación producirá la suspensión de la disposición o resolución recurrida, pero el Tribunal, en su caso, deberá ratificarla o levantarla en un plazo no superior a cinco meses”.

El Gobierno acordó presentar el recurso en pasado 4 de diciembre en el penúltimo Consejo de Ministros previo a las elecciones. La norma recurrida pretendía desarrollar la Policía Foral convirtiéndola en el cuerpo de referencia para las policías locales.

COMPETENCIAS DEL ESTADO

El Ejecutivo de Mariano Rajoy considera sin embargo que priorizar al cuerpo autonómico por delante de la Guardia Civil o de la Policía Nacional contraviene las competencias del Estado, por lo que ayer confirmó la interposición del recurso que anula la vigencia de la ley mientras dictamina el tribunal.

La ley, propuesta por los socialista navarros y aprobada en marzo con el apoyo de Aralar, Bildu e I-E, la abstención de Geroa Bai y el voto en contra de UPN y PP, recoge en su artículo 5º que “la Policía Foral centralizará toda la información policial tanto ascendente como descendente para las policías locales” y que “facilitará toda la información policial que disponga de cada municipio a su policía local”.

Además, recoge que “toda solicitud de apoyo de los policías locales de investigación policial, de información o de cualquier índole policial se efectuará siempre a la Policía Foral”, y que el cuerpo autonómico, “si procede, canalizará dicha solicitud a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado”. El artículo señala también que “la Policía Foral colaborará con las policías locales complementando sus servicios cuando fuera necesario”.

La nueva ley convertía así a la policía autonómica en el cuerpo de referencia para las policías municipales cuando atienden una denuncia o suceso que supera sus atribuciones, por delante de la Guardia Civil o de la Policía Nacional. Algo que el Gobierno central rechaza ahora por entender que invade sus competencias.

“En materia de relaciones entre policías, la obligación de las policías locales de suministrar toda la información policial de su municipio a la Policía Foral niega a la policía local la posibilidad de relacionarse directamente con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad dependientes del Gobierno de la nación. Elude, por tanto, las competencias correspondientes al Estado y a los municipios, así como las atribuciones de la Junta de Seguridad y de las juntas locales de seguridad”, asegura el Gobierno.

El Estado no hace mención alguna a las nuevas retribuciones, que son las que han generado controversia política en Navarra, pero recurre otros tres artículos de la Ley. Impugna “la dispensa de titulación en promoción interna, aplicable a la Administración Local, que vulnera la competencia exclusiva del Estado para dictar las bases en materia de régimen estatutario de los funcionarios públicos”.

Considera también que “el régimen sancionador de los cuerpos de policía vulnera la ley de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado” y, finalmente, alega que “la integración automática de auxiliares de policía en cuerpos de policía local, donde se configuran como un turno restringido, es contraria a la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, que ha rechazado esta práctica por resultar contraria a los principios de igualdad, mérito y capacidad, elementos estructurantes del modelo de régimen estatutario existente en España”.

El recurso del Gobierno del PP choca con el programa electoral con el que UPN, su socio en esa comunidad, concurrió a las elecciones forales de mayo. Los regionalistas hablaban entonces de “llevar a cabo todas las medidas necesarias, tanto legislativas como de acción de Gobierno, encaminadas a conseguir un liderazgo efectivo en seguridad por parte del Gobierno de Navarra”. “Desarrollar la Policía Foral, a través de su impulso y coordinación, como cuerpo de seguridad referente en Navarra”, prometía el programa de UPN.

(SERVIMEDIA)
17 Dic 2015
SGR/gja