Competencia multa con 46,4 millones a Prosegur y Loomis por repartirse el mercado durante siete años

MADRID
SERVIMEDIA

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha multado con un total de 46,44 millones de euros a las empresas Prosegur y Loomis Spain por repartirse el mercado de traslado de fondos, acordar precios e intercambiar información comercial sensible durante siete años.

En una nota de prensa, la CNMC explica que se trata de una actividad que deben realizar empresas de seguridad privada autorizadas. Las conductas sancionadas se llevaron a cabo al menos durante siete años, desde 2008 hasta, al menos, 2015.

El inicio de la investigación se produjo a partir de una denuncia anónima que ponía en conocimiento de la CNMC los sucesos en dos concursos para la recogida, transporte y custodia de fondos, efectos de franqueo y filatélicos del Grupo Correos en noviembre de 2014.

Con posterioridad, inspectores de la comisión realizaron inspecciones en las sedes de Prosegur y Loomis con el objeto de verificar los hechos investigados. Tras la instrucción del expediente, la CNMC considera acreditado que estas empresas llevaron a cabo acuerdos y prácticas concertadas para el reparto del mercado de servicios de transporte y manipulación de fondos en España.

La existencia de las prácticas anticompetitivas se ha acreditado, entre otras vías, a través de las manifestaciones de los propios empleados contenidas en los correos electrónicos y, además, en la actitud adoptada por Loomis y Prosegur en el mercado, que denota la existencia de un acuerdo previo, o cuanto menos de una concertación de actuaciones de cara a respetar la posición del rival en el mercado.

Para Prosegur Compañía de Seguridad y su filial Prosegur Servicios de Efectivo España la sanción es de 39,4 millones de euros. Por su parte, Loomis Spain ha recibido una sanción de 7 millones de euros.

Además, a título personal, Competencia ha multado a José Luis Illana García, de Prosegur, con 36.000 euros, y a Juan Miguel Mata Montejo, de Loomis, con 16.600 euros.

Contra esta resolución no cabe recurso alguno en vía administrativa, pudiendo interponerse recurso contencioso-administrativo en la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses.

(SERVIMEDIA)
16 Nov 2016
JBM/gja