El Supremo avala el despido colectivo de 2014 en la Radiotelevisión Valenciana

MADRID
SERVIMEDIA

El Pleno de la Sala Cuarta del Tribunal Supremo considera ajustado a Derecho el despido colectivo de 2014 en la Radiotelevisión Valenciana. Por acuerdo unánime, la Sala acuerda desestimar los recursos presentados frente a la sentencia de la Audiencia Nacional que ya había desestimado la demanda del sindicato CGT.

De este modo, la Sala considera que la ley autonómica 4/2013, que elimina el servicio público de radio televisión en la comunidad autónoma es compatible con la Constitución, por lo que no debe plantear la cuestión ante el Tribunal Constitucional, máxime cuando la misma ya ha sido examinada en la sentencia 153/2016. Esa ley autonómica no puede considerarse una “reacción ilícita” frente a la sentencia de Tribunal Superior de Justicia de Valencia, declarando nulidad del despido colectivo de 2012, sino que posee causalidad propia.

El Supremo entiende que el despido se ha basado en la extinción del ente púbico, al tiempo que en su “deficiente situación económica negativa, lo que aleja la sombra del fraude y constituye causa válida de despido colectivo”.

Asimismo, el Pleno ha subrayado que el despido colectivo es fruto de un acuerdo alcanzado entre el empleador y doce de los trece representantes sociales, sin que se haya acreditado la existencia de coacciones o vicios de su voluntad.

Además, asegura que el que lo acaecido se equipare a una “fuerza mayor impropia” no implica que deba seguirse el procedimiento específico de la fuerza mayor (autorización administrativa) cuando la causa real del despido es la extinción de personalidad jurídica y la grave situación económica.

(SERVIMEDIA)
19 Oct 2017
SGR/gja