Reforma laboral. Corbacho adelanta que las causas de despido objetivo quedarán "más y mejor" determinadas

MADRID
SERVIMEDIA

El ministro de Trabajo, Celestino Corbacho, afirmó hoy en los pasillos del Congreso, tras asistir al debate de totalidad del Proyecto de Ley de Reforma Laboral, que las causas objetivas de despido quedarán "más y mejor" determinadas en la ley gracias a las enmiendas que el Gobierno está dispuesto a incorporar.

Una vez superado el debate de hoy tras el que, previsiblemente, se rechazarán las enmiendas a la totalidad del BNG e IU, el Parlamento afronta el debate y votación de las enmiendas al articulado de la reforma laboral.

El Ejecutivo, dijo Corbacho, tiene la "clara voluntad de consensuar" la regulación del despido objetivo para que una empresa cuya continuidad dependa de la reducción de plantilla pueda recurrir a él y que esta figura no se convierta, a la vez, en un mecanismo para "despedir por la puerta falsa" sin necesidad.

Adelantó que la ley no podrá recoger expresamente los "tres millones de causas" por las que un trabajador podrá ser despedido por razones objetivas, pero sí se comprometió a "ajustar más y mejor" el catálogo de motivos, que siempre estarán sometidas a la valoración de un juez.

El ministro también advirtió que se opondrá a la introducción de cualquier enmienda que implique "desproteger al trabajador y dar toda la capacidad de decisión al empresario". En ese sentido descartó que se minimice la intervención de la autoridad laboral o del juez, salvo en caso de que haya acuerdo entre empresarios y trabajadores.

En el caso de un ERE acordado, dijo, el papel de la Administración podría quedar limitado a comprobar que no se vulnera ningún derecho fundamental o a acotar plazos. "Si el sentido de estas enmiendas es ganar eficacia", el Gobierno se la puede plantear, pero si lo que se pretende es evitar la negociación, se opondrá.

Este mismo principio es el que regirá a hora de plantear medidas de flexibilidad interna en las empresas, que "no deben quedar nunca al margen de las negociaciones". "Todo lo que vaya en la dirección de dar capacidad exclusiva de decisión sin negociación, no lo compartimos", corroboró Corbacho.

Finalmente, recordó que el pago por el Fogasa de los 8 días de indemnización por despido en contratos temporales, sólo será aplicable a los contratos que se suscriban a partir de la entrada en vigor de la ley.

(SERVIMEDIA)
21 Jul 2010
SGR/lmb