Tribunales

Absueltos 16 acusados por el amaño de la adjudicación de la mina de Aznalcóllar

MADRID
SERVIMEDIA

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Sevilla ha absuelto a los 16 acusados, entre ellos distintos funcionarios y técnicos de la Administración autonómica, por el supuesto amaño del concurso internacional para la adjudicación de las actividades extractivas de explotación de los recursos minerales existentes en la reserva minera de Aznalcóllar, todo ello tras el juicio celebrado durante un total de 36 sesiones entre los pasados meses de marzo y julio de 2025, al considerar que no existen indicios de los delitos atribuidos y que se ha tratado de una acusación “infundada”.

En la sentencia, fechada el día 4 de diciembre y notificada este viernes a las partes personadas, la Audiencia absuelve a los acusados de los delitos de tráfico de influencias, continuado de prevaricación administrativa, malversación de caudales públicos, fraude, negociaciones prohibidas a funcionarios y prevaricación medioambiental que les atribuyeron las acusaciones ejercidas por Emerita Resources España S.L.U., SC Andalucía Mining y la Federación Provincial de Ecologistas en Acción.

Asimismo, la Sección Tercera de la Audiencia absuelve a la Junta de Andalucía y a las entidades Minera Los Frailes S.L., AMC Mining Iberia S.L.U., Grupo México, Minorbis S.L. y Magtel S.L. de la responsabilidad civil que se les reclamaba.

De otro lado, condena al pago de las costas procesales a las tres entidades acusadoras “al apreciarse una connivencia” entre ellas “en el mantenimiento de su posición incriminatoria, con el perjuicio moral y económico que ello ha conllevado a los acusados que absolvemos de una acusación infundada”. La Fiscalía, de su lado, solicitó la absolución de todos los encausados.

En este sentido, los magistrados consideran que la pretensión punitiva de las acusaciones “carece de la menor consistencia, de lo que se deduce que no podían dejar de tener conocimiento de la injusticia y sinrazón de su posición, máxime tras el desarrollo del juicio, en el que ha resultado claramente desvirtuada la posible apreciación de delito en la actuación de los acusados en relación con los que han sido objeto de inculpación, algunos de ellos carente de total sustento fáctico y probatorio (negociaciones prohibidas, fraude, prevaricación ambiental), siendo incluso la acusación inicialmente establecida en las conclusiones provisionales de una mayor gravedad (cohecho, administración desleal), sin unos mínimos parámetros de racionalidad en la valoración de la amplia investigación realizada y que tuvo un resultado que no permitía en absoluto dicha calificación penal”.

El tribunal agrega que, frente a la postura de las acusaciones privadas y popular, “la posición del Ministerio Fiscal ha sido diáfana a lo largo de la causa invocando su conclusión absolutoria, cuyo fundamento basaba en pruebas de especial consistencia”, como son el informe de los interventores de la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE) y de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil, “de los que no cabe inferir la comisión de los delitos por los que han sido acusadas 16 personas, en su mayoría funcionarios de alto nivel profesional, quienes, desde un principio, se han mostrado propicios a explicar su participación y actuación en el desarrollo y resolución del concurso minero, que a juicio de este tribunal lo han realizado con profesionalidad e imparcialidad (...)”.

(SERVIMEDIA)
05 Dic 2025
SGR/gja