Vivienda

La Agencia Negociadora del Alquiler alerta de un “aumento preocupante” de subarrendamiento sin consentimiento

MADRID
SERVIMEDIA

La Agencia Negociadora del Alquiler (ANA) alertó este martes de “un aumento preocupante” de subarrendamiento de habitaciones sin consentimiento, lo que supone un “problema de difícil solución” para muchos arrendadores.

La legislación española prohíbe el subarrendamiento total de la vivienda, permitiendo el parcial (subarrendamiento de habitaciones) siempre que se cuente con el consentimiento expreso y por escrito de los propietarios, y que el precio del subarriendo no exceda del que corresponda al del arrendamiento. El incumplimiento de estos límites es motivo suficiente para iniciar la resolución de los arrendamientos por subarrendamiento inconsentido.

En este sentido, la ANA advirtió de que “el verdadero problema ocurre cuando quienes lo hacen buscan en el subarrendamiento de habitaciones un negocio, que además no se declara”. Según su explicación, las soluciones pueden pasar por reforzar la solvencia de los inquilinos que van a ocupar las viviendas, penalizar estas prácticas en los contratos o por cambios normativos para que los que realizan este tipo de conductas sean desalojados rápidamente.

Según el letrado y director general de la ANA, José Ramón Zurdo, “los subarrendamientos de viviendas son muy difíciles de detectar y probar por los propietarios, detectándose normalmente por avisos de los conserjes o vecinos de las fincas”.

Cuando se detecta una situación de subarrendamiento, los propietarios pueden actuar de manera amistosa, poniéndolo en conocimiento de los inquilinos que subarriendan las viviendas para que dejen de hacerlo, aunque “no suele funcionar y provoca que los inquilinos que cometen estas prácticas sigan haciéndolo, pero sean más cautelosos para que no les detecten”.

También tienen la opción de hacerlo de forma resolutiva, iniciando los trámites judiciales oportunos para resolver los arrendamientos por subarrendamiento inconsentido. La otra opción es de un modo permisivo, es decir, dando autorización, normalmente de forma tácita, al subarrendamiento existente en la vivienda.

“Para intentar evitar en lo posible este tipo de conductas, lo mejor es establecer en los contratos penalizaciones económicas para que los inquilinos que pretendan cometer este tipo de prácticas ilegales sepan a las consecuencias económicas que se van a enfrentar si las cometen, pero hay que tener mucho cuidado con el importe que se fije para estas penalizaciones, con el fin de que no se puedan considerar abusivas; ahora bien, en el caso de inquilinos insolventes, estas penalizaciones no tendrían ninguna fuerza intimidatoria”, ahondó la ANA.

Por ello, para evitar que las penalizaciones carezcan de fuerza intimidatoria, la única solución posible es la de reforzar la búsqueda de inquilinos solventes, aunque para ello hubiera que ofrecer precios más competitivos a la hora de alquilar las viviendas; decimos esto porque cuando los inquilinos que ocupan las viviendas son solventes, no entran en el juego de que se les puedan embargar sus salarios por cometer este tipo de prácticas ilegales.

Eso sí, reconoció que algunos asesores inmobiliarios aconsejan a los propietarios no hacer nada en estos casos mientras sigan cobrando las rentas y no tengan perjuicios económicos, pero aclaró que “no parece la mejor solución porque nunca van a poder controlar quienes son las personas que habitan sus viviendas y que es lo que hacen dentro de ellas”.

Otra solución podría ser normativa y consistiría en modificar la Ley de Enjuiciamiento civil para que la tramitación de estos procedimientos, fuera sumarísima y así evitar que los inquilinos subarrienden las viviendas para conseguir un beneficio económico alquilando habitaciones.

Otra posibilidad, según la ANA, sería “dotar a los Cuerpos y fuerzas de Seguridad del Estado de los mecanismos suficientes para que en estos casos, pudieran actuar directamente sin autorización judicial”.

(SERVIMEDIA)
16 Abr 2024
DMM/gja