Vivienda

La Agencia Negociadora propone dotar a las fuerzas de seguridad de más atribuciones para luchar contra la okupación

MADRID
SERVIMEDIA

La Agencia Negociadora del Alquiler presentó este martes una serie de medidas para cambiar el paradigma en la lucha contra la okupación y pidió que sean las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado las encargadas del solventar este problema con atribuciones concretas dada la "lentitud" de la respuesta judicial.

"Cuando una persona entra ilegalmente en una vivienda, se comete un delito y debe actuarse con la misma contundencia que cuando se cometen otros actos delictivos, como el robo", explicó el CEO de la Agencia Negociadora del Alquiler, José Ramón Zurdo, quien aseguró que, hasta ahora, las medidas tomadas ha resultado insuficientes ante la lentitud y complejidad de los procedimientos judiciales e indicó que es necesaria una respuesta "más eficaz" desde lo administrativo y policial.

Asimismo, la Agencia Negociadora pidió acompañar este refuerzo con la creación de un Registro Público de Contratos de Arrendamientos, lo que supondría la supresión del artículo 37 de la Ley de Arrendamientos Urbanos y la eliminación de la forma verbal en los arrendamientos de vivienda, de tal manera, que todos los arrendamientos se suscriban y se puedan inscribir de forma obligatoria en un registro público de contratos, que tuviera efectos jurídicos frente a terceros. "Esto permitiría a la policía verificar la autenticidad de los documentos que presentan los okupas en caso de okupación, facilitando desalojos inmediatos, sin necesidad de intervención judicial, si los arrendamientos no estuvieran inscritos en el registro de contratos", explicó.

También abogan por el hecho de que la Fiscalía General del Estado refuerce los protocolos de actuación policial, especialmente en la aplicación del concepto de “flagrancia” y el establecimiento de plazos concretos de actuación que den seguridad jurídica a los agentes y no teman excederse en su cometido.

Además, solicitaron un endurecimiento de la pena para el delito de usurpación. Este delito esta únicamente penado por una multa y sugieren sustituirlo por penas de prisión atenuada de entre seis meses a un año, como medida disuasoria real, como ocurre con los delitos de allanamiento de morada, que son los que menos se cometen porque conllevan penas de prisión.

DELITO DE INQUIOKUPACIÓN

En la misma línea, reclamaron la creación de un nuevo tipo penal para sancionar a quienes alquilan con intención de no pagar, permitiendo su tramitación a través de juicios rápidos y respuestas judiciales más ágiles, como ocurre con la tramitación de los delitos de usurpación de vivienda y allanamiento de morada, tras la última reforma de la Ley Orgánica 1/2025 de medidas en materia de eficiencia del servicio público de justicia que modificó el artículo 795 de la Ley de enjuiciamiento criminal.

Otra medida planteada es la modificación del artículo 13 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, para que los jueces puedan adoptar más fácilmente medidas cautelares, como el desalojo preventivo de los okupas en caso de indicios claros de ocupación ilegal, especialmente, si no existiera un contrato registrado.

Por último, instaron a los tribunales a aplicar con mayor contundencia el artículo 250.1. 7º del Código Penal, en los casos en que los ocupantes utilicen documentación falsa o alterada para engañar a los jueces y dilatar el proceso judicial.

(SERVIMEDIA)
23 Sep 2025
ALC/gja