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Almeida no colocará la bandera Lgtbi en Cibeles en el Orgullo a pesar de la sentencia
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El alcalde de Madrid, José Luis Martínez-Almeida, mantuvo este miércoles su rechazo a colocar la bandera del colectivo Lgtbi en Cibeles tras la sentencia que ha anulado la denuncia de Vox contra el PSOE y Más Madrid por colocar esta bandera y una pancarta en el edificio de los grupos municipales en la calle Mayor.
"Nosotros vamos a mantener exactamente la misma posición que hemos mantenido y, por tanto, no vamos a colocar la bandera, no porque sea del colectivo Lgtbi, sino porque entendemos que de acuerdo a la normativa hay una serie de banderas oficiales que son las que tienen que ondear en los edificios", expresó Almeida.
Añadió que "esta polémica" es "la única bandera que le queda a la izquierda en relación al OIrgullo" porque cuando el equipo de Gobierno actual llegó a Cibeles la izquierda dijo que "se iba a acabar el Orgullo, que no iba a permitir que continuara el Orgullo y el Orgullo se está haciendo como nunca en esta ciudad".
En lo que respeta a la resolución de los tribunales señaló que "exonera la actuación del Ayuntamiento de Madrid en relación a la colocación de esas banderas" ya que el Consistorio inicialmente exigió su retirada.
Asimismo, retó al portavoz de Vox, Javier Ortega Smith, "tan activo para denunciar cuando este Ayuntamiento tiene alguna sentencia que es contraria" a que explique "las razones que "motivaron a Vox para poner una demanda que ha sido no solo desestimada en relación con el fondo, sino lo más importante, en relación con la forma porque le niega la legitimación a Vox en este sentido desde el punto de vista contencioso para acudir a los tribunales".
El Tribunal de Instancia de lo Contencioso Administrativo Nº 7 de Madrid desestimó la denuncia interpuesta por Vox al considerar, entre otros motivos, que "en modo alguno puede considerarse" que la colocación de estas banderas "vulnere la objetividad e imparcialidad de las Administraciones públicas".
Estima además "la falta de legitimación del partido político Vox" para denunciar estos hechos "por no acreditar esa conexión específica y concreta con su actuación o funcionamiento como partido político con la actuación administrativa impugnada, al margen de la discrepancia política".
La sentencia también defiende que "en modo alguno puede considerarse que vulnere la objetividad e imparcialidad de las Administraciones públicas, sino que se encuadra por un lado en el legítimo ejercicio de su acción política, y por otro en una actuación a favor de un colectivo, en este caso LGTBI+" por lo que "desde el punto de vista legal, no existe ningún reproche jurídico a dicha actuación".
(SERVIMEDIA)
11 Feb 2026
JAM/gja


