APROBADO EL REGLAMENTO DE RECLUTAMIENTO ARA EL SERVICIO MILITAR QUE CONSOLIDA EL SISTEMA DE PREFERENCIAS

MADRID
SERVIMEDIA

El Consejo de Ministros aprobó en su reunión de hoy el Reglamento de Reclutamiento del Servicio Militar que, entre otras cuestiones, consolida el sistema de oferta de plazas y manifestación de preferencias para la edad de incorporación, demarcación terroritorial, ejército, unidad, mes de incorporación o áreas de cometidos en que se desee prestar el servicio militar.

El reglamento, que regula todo lo reacionado con la inscripción para el servicio militar, alistamiento y clasificación, establece que la edad para el cumplimiento de la "mili" son los 19 años, aunque se podrá adelantar a los 18, aplazarla a los 20, 21 o 22 años, o retrasarla hasta los 27 por obtención de una prórroga.

En la oferta de plazas se incluirá un determinado número de éstas para titulados, cuya prestación podrá dar lugar a su convalidación u homologación como prácticas oficiales en el Sistema Educativo General, previo acuerdo cn el Ministerio de Educación y Ciencia.

El reglamento especifica las causas que pueden originar la clasificación como exento, ya sea por mantener obligaciones familiares de carácter excepcional, por enfermedad o limitación física o psíquica, por convenio internacional, por tener cumplidos los 30 años o por objeción de conciencia.

Entre los aplazamientos de incorporación a la "mili" figuran seis tipos de prórroga: por sostenimiento de la familia, razón de estudios o ser deportista de alto nivel, cnsolidación de puesto de trabajo, residencia en el extranjero, cargo público de elección popular o por decisión del Gobierno fundada en razones de interés nacional.

Según el Ejecutivo, el nuevo reglamento mejora sustancialmente la información que debe proporcionarse a los interesados, facilita la corrección de posibles errores introducidos en la base de datos del Ministerio de Defensa, posibilita la presentación de las oportunas reclamaciones o recursos y aumenta la transparencia del proceso.

Porprimera vez, diferencia entre aptitud psicofísica total o parcial, con diferentes gradaciones, para desempeñar consecuentemente determinados servicios o cometidos.

Este sistema, basado en reconocimientos médicos previos, que se efectuarán en centros sanitarios públicos, podrá implantarse de forma paulatina una vez establecido el correspondiente convenio con el Ministerio de Sanidad.

En conjunto, el nuevo reglamento pretende conseguir un sistema de reclutamiento ágil y eficaz, que permita agilizarlas operaciones relativa al reclutamiento, reducir los trámites administrativos, desarrolar un nuevo cuadro de causas de exención y aplazamiento y asegurar que únicamente se incorporen a las Fuerzas Armadas los alistados con la aptitud psicofísica adecuada.

(SERVIMEDIA)
09 Jul 1993
S