Tribunales

La Audiencia de Madrid revoca la imputación del delegado del Gobierno en el 'caso Begoña'

MADRID
SERVIMEDIA

La Sección 23 de la Audiencia Provincial de Madrid ha estimado los recursos contra la imputación de Francisco Martín, delegado del Gobierno en Madrid y ex secretario general de Presidencia del Gobierno, en la investigación sobre Begoña Gómez, esposa del presidente, Pedro Sánchez, por un presunto delito de malversación de caudales públicos.

En un auto conocido este jueves y al que ha tenido acceso Servimedia, tras los recursos de la Fiscalía y la Abogacía del Estado, la Sección 23 revoca parcialmente el auto del Juzgado de Instrucción número 41 de Madrid de 5 de mayo de 2025, que admitía la querella formulada por Vox contra Martín por malversación de caudales públicos.

Los magistrados consideran que la querella contra el delegado del Gobierno se interpuso "por el mero hecho de ostentar un cargo en un momento determinado" como responsable y superior jerárquico de Cristina Álvarez, asistente de Begoña Gómez, sin aportar indicios de responsabilidad penal. Se refería así a que Martín fue secretario general de Presidencia del Gobierno desde el 16 de julio de 2021 hasta el 29 de marzo de 2023.

El tribunal destaca que el aludido cesó en este cargo en La Moncloa el 29 de marzo de 2023, mientras que el nombramiento de Álvarez como asistente de la mujer del presidente del Gobierno tuvo lugar en 2018, tres años antes de que el investigado tomara posesión como secretario general de Presidencia.

FALTA DE INDICIOS

La Audiencia Provincial argumenta en su resolución que "no se cita en la querella, ni se proporciona el más mínimo indicio de la participación" de Martín en la supuesta desviación de funciones públicas hacia actividades privadas de Begoña Gómez.

Los magistrados subrayan que el posible delito de malversación se refiere a la "supuesta desviación del cumplimiento" de las funciones de Álvarez como personal eventual de la administración, "sirviendo a las actividades privadas" de Gómez, lo que supondría una desviación de recursos públicos.

El tribunal considera que se trata de "meras suposiciones" sin que se aporte "el más mínimo indicio de responsabilidad" respecto al exdelegado del Gobierno, por lo que procede acordar la inadmisión de la querella contra Francisco Martín Aguirre.

La resolución judicial establece que aunque es "lógico pensar" que Martín Aguirre tuviera conocimiento de la actividad oficial de Cristina Álvarez, "no consta que supiera que esta estaba excediéndose de sus funciones, por indicación de Begoña Gómez".

NOMBRAMIENTO LEGAL

El Ministerio Fiscal alegó en su recurso que el nombramiento de Álvarez "es legal y usual a lo largo de los años de democracia", ya que el cónyuge del presidente del Gobierno "siempre ha contado con un asistente" para funciones de coordinación de agenda y protocolo.

La defensa de la asesora de Gómesz argumentó que se trata del "ejercicio del cargo como personal eventual" que realiza "funciones expresamente calificadas como de confianza o asesoramiento especial", incluyendo gestión de agenda, comunicaciones y coordinación con equipos de protocolo y seguridad.

Los recurrentes destacaron que las funciones comprenden "la gestión de la agenda y la preparación de la presencia en reuniones, visitas y eventos", así como "la asistencia telefónica y documental" y "el acompañamiento en desplazamientos" de la mujer del presidente.

Vox, como acusación popular, sostuvo que Cristina Álvarez estaría "realizando funciones privadas de asistente para el provecho profesional de Begoña Gómez" con el conocimiento del superior jerárquico, pero el tribunal considera insuficientes estos argumentos sin indicios concretos.

CARGO DE CONFIANZA

La Audiencia Provincial recuerda que ya en su auto de 12 de junio de 2025 estableció que la investigación sobre Cristina Álvarez debía centrarse en si "el desempeño de sus funciones públicas han sido sobrepasadas" para favorecer intereses particulares mediante "la desviación de medios públicos".

El tribunal especifica que las funciones del cargo de asistente "consistían en la gestión de la agenda, del correo, en dar soporte de seguridad y protocolo en cualquier desplazamiento, reunión o intervención de la mujer del presidente del Gobierno".

Los magistrados consideran que "no se encuentra la razón de dirigir una nueva querella acumulada" contra quien supuestamente debía fiscalizar la función de dicho cargo de confianza, porque "no se proporciona el más mínimo indicio" de esa función de control.

La resolución establece que es "responsable el que utiliza en interés particular el citado cargo público y también lo es quién debiendo de limitarse a sus funciones, las sobrepasa colaborando" con la actividad particular de la principal investigada.

RESOLUCIÓN FIRME

El auto, firmado por los magistrados María del Rosario Esteban Meilán, José Sierra Fernández y Enrique Jesús Bergés de Ramón como ponente, declara de oficio las costas causadas y establece que la resolución es firme y contra la misma no cabe recurso alguno.

El tribunal ha ordenado devolver las actuaciones al Juzgado de Instrucción número 41 de Madrid para que continúe la investigación sin la imputación de Martín, que ejerció como secretario general de Presidencia del Gobierno desde el 16 de julio de 2021 hasta el 29 de marzo de 2023.

La querella de Vox fue admitida inicialmente por el delito de malversación de caudales públicos contra Martín, mientras que se inadmitió contra la esposa del presidente Pedro Sánchez y su asesora, decisión que también fue objeto de recurso y permanece pendiente de resolución.

(SERVIMEDIA)
04 Dic 2025
NBC/clc