Tribunales

La Audiencia Nacional rebaja la pena a dos colaboradores de una célula yihadista que llegó a España en patera

MADRID
SERVIMEDIA

La Sala de Apelación de la Audiencia Nacional (AN) rebaja la pena a seis y cinco años de cárcel a dos colaboradores de una célula yihadista que junto a un tercero, un exrapero que fue hallado muerto en prisión tras el juicio, pretendía establecerse en España, tras llegar en una patera a las costas de Almería en abril de 2020.

En una sentencia, los magistrados estiman parcialmente el recurso de los condenados y rebajan en un año de cárcel la pena inicialmente impuesta al cambiar el delito de pertenencia a organización terrorista que les atribuyó la Sección segunda por el de colaboración, al entender que su conducta no tuvo la suficiente intensidad como para condenar por el primero de los delitos.

Así, Abderrezak Seddiki resulta condenado a seis años de cárcel por colaboración y falsedad en documento oficial (delito este último que se mantiene) frente a los siete iniciales, mientras que a Kossalia Chollouah se le imponen cinco años de cárcel por el primero de los delitos frente a los seis de la instancia.

La resolución explica que la acción imputada a los dos acusados no parece suficiente y no cuenta con prueba suficiente como para condenar por pertenencia al Estado Islámico, aunque sí para hacerlo por un delito homogéneo de colaboración, una diferencia que de acuerdo con la doctrina del Tribunal Supremo, se articula “en función de la especial intensidad que pueda observarse en el contenido del aporte a la organización”.

Ese aporte consistió, indica la sentencia, en reunirse en Argelia con el miembro de Daesh Abdel Bary, fallecido en la cárcel tras la vista oral, y ayudarle a entrar en territorio Schengen, además de ponerle en contacto con otros miembros de la organización terrorista y a financiar el traslado, manutención y estancia en San José y después en Almería, todo ello con fuertes medidas de seguridad.

Entiende la Sala que “propiciar la presencia securizada en territorio Schengen” de un perfil como el de Abdel Bary que “durante siete años continuadamente ha seguido, expandido y ejecutado los postulados ideológicos supremacistas, intolerantes, excluyentes, radicales y antioccidentales de la organización terrorista Estado Islámico mediante el ejercicio de la violencia en que él mismo ha participado activamente”, deber ser castigado con una menor pena.

Añade que el nombre al que dieron cobertura mantenía una “militancia activa” y llegó a reclutar ciudadanas de origen español para incorporarlas a la estructura terrorista, todo lo que implica que ayudaron a integrar “en territorio Schengen a alguien apto para realizar cualquiera de los delitos terroristas” y colaborar en “uno de los fines expansionistas del terror que pretende entre sus objetivos el Daesh mediante la infiltración en Occidente de los llamados retornados”.

(SERVIMEDIA)
10 Ene 2024
SGR/clc