LA AUDIENCIA DE VIZCAYA EXIME DE LA PSS A UN OBJETOR LLAMADO LLAMADO A REALIZAR LA PRESTACION FUERA DE PLAZO
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La Sección Primera de la Audiencia de Vizcaya ha declarado exento de cumplir la Prestación Social Sustitutoria (PSS) a un objetor de coniencia que fue llamado prestar a este servicio fuera del plazo reglamentario de dieciocho meses.
Esta sentencia confirma un auto dictado por el Juzgado de Inztrución número 9 de Bilbao, que decidió archivar la denuncia presentada contra el objetor que no se incorporó a la PSS.
La decisión de la Audiencia de Vizcaya no puede ser recurrida, por lo que, según la valoración del Movimiento de Objeción de conciencia (MOC), significa en la práctica que la PSS será inaplicable en Vizcaya.
El abogadodel MOC Borja Zabala explicó que el 95 por ciento de los objetores vizcaínos son llamados a la PSS fuera de plazo, ya que en este territorio tan solo la Cruz Roja ofrece plazas para la prestación, que rondan los doscientos puestos al año para 40.000 objetores.
Zabala destacó que si todos los objetores llamados a cubrir su plaza de PSS fuera de plazo recurren por la vía administrativa y se siguen los criterios de la Audiencia de Vizcaya, sólo un 5% de los objetores legales estarán obligados a cumplir l Prestación.
Esta situación se puede extrapolar a otras zonas de España, según el MOC, ya que en conjunto se ofertan 50.000 puestos para 200.000 objetores legales, por lo que la mayoría de ellos son llamados a cubrir su plaza hasta dos años y medio después.
(SERVIMEDIA)
24 Nov 1995
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