BALANCES 1992: INTERIOR =======================

- La Ley de Seguridad Ciudadana despierta temores de atentar contra derechos constitucionales, como la inviolabilidad del domicilio.

- El Gobierno no ha informado todavía de las actuaciones policiales amparadas por la "ley Corcuera" realizadas desde julio.

- 13 de febrero de 1992: Las Cortes aprueban la Ley de Seguridad Ciudadana (LSC).

- 13 de marzo: Entra en vigor el mencionado texto legal.

- 22 de abril: El Partido Popular presenta recurs de inconstitucionalidad contra cuatro artículos de la también llamada "ley Corcuera".

- 29 de abril: El Consejo Consultivo de la Generalitat de Cataluña dictamina a favor de la inconstitucionalidad de la LSC.

- 13 de mayo: El Parlamento asturiano decide recurrir la Ley. A los dos meses de vigencia de la "ley Corcuera", más de 2.300 personas habían sido "retenidas".

- 18 de mayo: El Defensor del Pueblo desatiende 18 peticiones de organizaciones profesionales, políticas, ayuntamientos y ciudaanos particulares y no recurre la LSC. Su adjunta primera, Margarita Retuerto, disiente de esta decisión.

- 20 de mayo: La Delegación del Gobierno en Madrid anuncia que aplicará la "ley Corcuera" para sancionar las infracciones en materia de derecho de admisión en los locales de diversión.

- 21 de octubre: La Audiencia de Madrid decide cuestionar ante el Tribunal Constitucional la LSC.

MADRID
SERVIMEDIA

(Por Anselmo Lucio)

Los últimos nueve meses han estado teñidos por la polémica con motivo de la publicación en el BOE de la Ley de Seguridad Ciudadana (LSC) o "ley Corcuera". Nada menos que dos reursos de inconstitucionalidad, del Grupo Parlamentario Popular y del Parlamento del Principado de Asturias, junto a decenas de peticiones al Defensor del Pueblo para que se sume a esas iniciativas, convierten a la "ley Corcuera" en la primera norma a batir en opinión de un amplio espectro social.

Para buena parte de la sociedad y para los jueces, porque la Audiencia de Madrid tampoco lo ve claro y decidió en el pasado mes de octubre cuestionar la mencionada ley ante el Tribunal Constitucional. Por su arte, el Defensor del Pueblo declinó presentar recurso, a pesar del voto en contra de su adjunta primera, Margarita Retuerto.

Aprobada con el apoyo del Partido Socialista, Convergència i Unió y el Partido Nacionalista Vasco, la Ley de Seguridad Ciudadana permite entrar en un domicilio sin previa autorización judicial cuando la Policía tiene "conocimiento fundado" de que se está cometiendo o acaba de cometer un delito de narcotráfico y su intervención urgente es necesaria para impedir la consumación de delito, la huída del delincuente o la desaparición de los efectos o instrumentos del delito.

Los últimos datos facilitados por el Gobierno indican que hasta el mes de junio, hubo 90 registros domiciliarios amparados por la LSC en los que resultaron detenidas un total de 233 personas. Según una respuesta del Ejecutivo al diputado de Izquierda Unida Antonio Romero, los detenidos fueron acusados de tráfico de drogas, mientras que en los registros fueron incautados más de 3 kilos de heroína, 970 gramos d cocaína y casi 7 kilos de hachís.

Es evidente que los estupefacientes son una lacra que hay que combatir, pero lo que muchos se preguntan es si para ello hay que sacrificar un derecho consagrado en la Constitución, como la inviolabilidad del domicilio. ¿Qué es más importante?

LA "RETENCION"

Otro de los aspectos más criticados de la Ley de Seguridad Ciudadana es la posibilidad de que una persona sea llevada a comisaría para su identificación cuando ello no sea posible por cualquier medio en el ugar donde las fuerzas de seguridad del Estado hayan hecho el requerimiento.

La finalidad de la "retención", "impedir la comisión de un delito", es la misma que la de la detención ordinaria regulada por la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Pero, a diferencia de la detención, en la "retención" de la "ley Corcuera" el detenido no goza de garantías constitucionales, o por lo menos eso es lo que piensa el PP y por eso, entre otras consideraciones, presentó el recurso de inconstitucionalidad.

Sin embarg, la "ley Corcuera" no se queda ahí. La apertura de establecimientos, celebración de espectáculos sin autorización o sin las medidas de seguridad obligatorias, la superación del aforo fijado o el incumplimiento de los horarios de apertura y cierre fijados, entre otras infracciones, pueden ser sancionadas por las autoridades municipales en aplicación de esa polémica norma.

A su vez, las organizaciones de inmigrantes y defensoras de los derechos humanos han denunciado en numerosas ocasiones que la Ley d Seguridad Ciudadana se está aplicando especialmente a los colectivos marginados de la sociedad, como inmigrantes o gitanos. Personas, en ocasiones, con pocos o nulos recursos legales para defender su derecho a la libertad de movimiento o a la inmunidad del domicilio porque se encuentran en situación ilegal en España.

ILEGALES, PERO CON TODOS LOS DERECHOS

En esos casos también es frecuente considerar que por el hecho de no tener regularizada su situación en nuestro país, los inmigrantes dejan de tenr los derechos más elementales: a la expresión, a no recibir malos tratos o a tener una defensa jurídica adecuada, por ejemplo.

Si todos esos temores son o no fundados corresponde decidirlo al Tribunal Constitucional. El 42 por ciento de los ciudadanos, mientras tanto, cree que la "ley Corcuera" es buena, según una encuesta del Centro de Investigaciones Sociológicas (CIS). Otro 40 por ciento, en cambio, la considera negativa. Aunque menor que el de favorables a la ley, ese porcentaje es creciente porqe resulta considerablemente superior al registrado tres meses antes, cuando sólo el 27 por ciento de los españoles se oponían a la aplicación de la LSC.

En cuanto a la entrada de la Policía en un domicilio en el que los agentes sospechen que se está traficando con drogas, el 60 por ciento de los encuestados la aprueba y sólo un 27 por ciento rechaza la "patada en la puerta".

Por último, la oposición ha cumplido más o menos sus amenazas de pedir regularmente información al Ministerio del Interior obre las actuaciones de la Policía en nombre de la "ley Corcuera".

El Gobierno, sin embargo, no ha facilitado aún al diputado del PP Federico Trillo los datos sobre la aplicación de los artículos referidos a la "retención" y a la entrada en domicilio que pidió en el pasado mes de julio.

FECHAS CLAVE

- 13 de febrero de 1992: Las Cortes aprueban la Ley de Seguridad Ciudadana (LSC).

- 13 de marzo: Entra en vigor el mencionado texto legal.

- 22 de abril: El Partido Popular presenta recurs de inconstitucionalidad contra cuatro artículos de la también llamada "ley Corcuera".

- 29 de abril: El Consejo Consultivo de la Generalitat de Cataluña dictamina a favor de la inconstitucionalidad de la LSC.

- 13 de mayo: El Parlamento asturiano decide recurrir la Ley. A los dos meses de vigencia de la "ley Corcuera", más de 2.300 personas habían sido "retenidas".

- 18 de mayo: El Defensor del Pueblo desatiende 18 peticiones de organizaciones profesionales, políticas, ayuntamientos y ciudaanos particulares y no recurre la LSC. Su adjunta primera, Margarita Retuerto, disiente de esta decisión.

- 20 de mayo: La Delegación del Gobierno en Madrid anuncia que aplicará la "ley Corcuera" para sancionar las infracciones en materia de derecho de admisión en los locales de diversión.

- 21 de octubre: La Audiencia de Madrid decide cuestionar ante el Tribunal Constitucional la LSC.

(SERVIMEDIA)
18 Dic 1992
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