Tribunales
Begoña Gómez recurre la decisión del juez Peinado de llevarla ante un jurado popular
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La defensa de Begoña Gómez ha presentado un recurso en el que pide la anulación de la decisión del juez Juan Carlos Peinado para que sea juzgada por un juzgado popular.
En su escrito, el abogado Antonio Camacho defiende que el magistrado “falta plenamente a la realidad” y le acusa de investigarla “con una voluntad inquebrantable” de llevarla a juicio aunque no haya indicios de delito por el único hecho de ser “cónyuge del presidente del Gobierno”.
El juez Juan Carlos Peinado dictó un auto el pasado día 20 de marzo en el que volvía a enviar a la esposa del presidente del Gobierno y a su asesora Cristina Álvarez a un jurado popular. Además, la llamaba a declarar el próximo 1 de abril.
El abogado rechaza en su recurso que Gómez viviera un viraje “inmediato y significativo” de su carrera profesional a partir del momento en que Pedro Sánchez accedió a la presidencia del Gobierno. En ese sentido, señala que la investigada ya dirigía un máster en la Universidad Complutense de Madrid desde 2014, cuando su marido ni siquiera era secretario general del PSOE.
Según la defensa de Begoña Gómez, el juez intenta “construir” un relato que encaje los hechos investigados con el delito de tráfico de influencias y que, según defiende, fue desmentido incluso por responsables de la Complutense que han declarado en el procedimiento. Considera también que Peinado trata de introducir “dudas” sobre la relación de su defendida y el empresario Juan Carlos Barrabés, pese a la ausencia de indicios delictivos.
Entiende el letrado que es “absolutamente falaz” el empeño del juez Peinado en vincular la creación de la cátedra extraordinaria de Transformación Social Competitiva con la relación de Gómez y el empresario y destaca que los responsables de la Complutense han venido sosteniendo durante la instrucción que dicha creación siguió “el cauce académico ordinario” y no hubo ninguna irregularidad.
Camacho concluye que “se está investigando a Begoña Gómez por ser cónyuge del presidente del Gobierno” y que en ningún caso se le puede atribuir un delito de tráfico de influencias porque no obtuvo “ningún beneficio económico” puesto que la esposa del presidente no cobraba por su labor y las aportaciones de las empresas fueron directamente a las arcas de la universidad.
Rechaza igualmente la acusación por corrupción en los negocios puesto que se trata de un delito entre particulares y, en este caso, los fondos fueron a parar a una universidad pública. Tampoco ve delito de intrusismo puesto que su representada firmó el pliego de prescripciones técnicas de la cátedra tal y como le pidió la universidad en su calidad de jefe de la unidad administrativa, como directora de la cátedra.
Por todo ello, el abogado considera que el auto en el que Peinado la envía de nuevo a un jurado popular se basa en “conjeturas” que no se apoya en “indicio alguno” y que certifican al voluntad del magistrado de “mantener viva una causa penal, aunque no exista elemento alguno en que apoyarla”.
El abogado de Begoña Gómez también rechaza que haya un delito de apropiación indebida sobre el software creado para esa cátedra y el registro del dominio de Internet que lo albergaba porque todo el proceso se hizo bajo el conocimiento y dirección de la universidad.
En relación al delito de malversación por haberse servido supuestamente de su asistente de La Moncloa, Cristina Álvarez, para fines personales, el abogado insiste en que no hay indicios de dicho delito puesto que los correos que envió relacionados con la cátedra se enviaron desde la cuenta personal de la asesora y por motivos de “amistad”. Señala, igualmente, que la legislación no “regula” las funciones del cónyuge del presidente del Gobierno, por lo que su calificación como delictiva está relacionada con la “interpretación” que hace el juez.
(SERVIMEDIA)
26 Mar 2026
SGR/clc


