Finanzas
BME propone desarrollar el Plan Personal de Inversión para impulsar la inversión minorista en España
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Bolsas y Mercados Españoles (BME) ha propuesto, en el marco de la consulta pública sobre la Cuenta de Ahorro e Inversión, el desarrollo de los Planes Personales de Inversión (PPI), consisten en una cesta, cartera o cuenta de ahorro para personas físicas compuesta o materializada principalmente por una selección predefinida de productos de inversión y financiación empresarial negociados en mercados de valores.
Así lo expuso BME este lunes en un comunicado en el que explicó que los PPI se alinean con la denominada “cuenta sueca”, con gran flexibilidad y un tratamiento fiscal simplificado.
La propuesta de BME se baja en un informe encargado a César García Novoa, catedrático de Derecho Financiero y Tributario de la Universidad de Santiago de Compostela, con el título ‘La necesidad de introducir un nuevo estímulo fiscal al ahorro familiar’. Se trata de una propuesta alineada con las recomendaciones de la Unión Europea y la OCDE y también planteada desde hace dos años en el conjunto de 56 medidas propuestas en el Libro Blanco de BME para impulsar la competitividad de los mercados de capitales.
Los PPI permiten aumentar la cantidad y calidad de financiación disponible para el crecimiento y el desarrollo de las empresas españolas, atraer ahorro de los hogares hacia las empresarial a través de los mercados y hacer crecer el número de inversores y la liquidez de los mercados de capitales.
Los productos de inversión que pueden formar la cartera de cada PPI son acciones de empresas cotizadas en países del Espacio Económico Europeo, bonos corporativos de empresas establecidas en Europa cotizados, ETF de índices de renta variable europea, derivados simples y otros productos que inviertan en financiación de empresas como los Fondos de Inversión a Largo Plazo Europeos.
Estos planes no tienen límite de aportaciones mínimas ni máximas ni al inicio ni a lo largo de la vida del PPI y permiten el intercambio sin límite y sin coste fiscal para activos integrados en PPI de la misma titularidad y desde otras cuentas. No existen períodos mínimos de permanencia, ni límites para retirar los fondos ni tampoco hay garantía del capital por el Estado. Cada persona mayor de edad puede tener tantos PPI como quiera, pero solo uno por entidad.
Respecto a la fiscalidad, se haría un único pago anual calculado como una parte del valor medio del capital mantenido y aportado al PPI a lo largo del ejercicio fiscal. Las entidades financieras autorizadas pueden ofrecer los PPI, no solo los bancos.
(SERVIMEDIA)
26 Ene 2026
MMR/clc


