Autónomos

La brecha en pensiones de los autónomos persiste y las mujeres cobran un 25% menos

MADRID
SERVIMEDIA

Las mujeres autónomas terminan su vida laboral cobrando, de media, un 25% menos en pensiones de jubilación que sus homólogos hombres, una brecha que escala hasta el 26% si se tienen en cuenta todas las prestaciones, incluidas las pensiones de viudedad o incapacidad, según los datos del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, analizados por la Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos (UPTA).

Con cifras del pasado agosto, la pensión media de jubilación de las mujeres autónomas es de 845,99 euros al mes, mientras que la de los hombres autónomos asciende a 1.124,18 euros, lo que representa una diferencia de 278,19 euros mensuales y más de 3.300 euros al año.

Por su parte, si se analiza el importe de la pensión media del total de pensiones del sistema, que incluye otras pensiones como viudedad o incapacidad, la diferencia entre ambos sexos es del 26% menos para ellas (1.055 euros frente a 778,16 euros).

UPTA explica esta diferencia por varios factores interrelacionados. Por un lado, las mujeres autónomas suelen percibir salarios más bajos a lo largo de su vida laboral y, por otro, tienen carreras de cotización más cortas debido a interrupciones derivadas de la maternidad o del cuidado de familiares. Además, existe una concentración de mujeres en sectores tradicionalmente menos remunerados.

Aunque actualmente las mujeres autónomas cada vez están más presentes en sectores de alta cualificación, la realidad es que durante toda su trayectoria profesional enfrentan una desigualdad estructural que se refleja directamente en su seguridad económica al llegar a la jubilación. Esta situación, a juicio de UPTA, evidencia la necesidad de implementar medidas concretas que permitan corregir estas desigualdades y “garantizar una mayor igualdad en el acceso a pensiones dignas”.

Actualmente existen complementos legales destinados a reducir la brecha de género en las pensiones del colectivo, como el previsto en el artículo 60 de la Ley General de la Seguridad Social, que compensa parcialmente las interrupciones en la carrera profesional por maternidad o cuidado. Sin embargo, UPTA piensa que esa cuantía es “limitada” y, además, en muchos casos solo se concede al progenitor con la pensión más baja.

“No se trata solo de cifras, sino de justicia y reconocimiento al esfuerzo diario de las mujeres trabajadoras autónomas en nuestro país. No podemos permitir que una mujer que haya dedicado su vida a fortalecer el tejido productivo termine su vida laboral con miedo y limitada a subsistir con apenas 800 euros al mes”, declaró el presidente de UPTA, Eduardo Abad.

(SERVIMEDIA)
24 Sep 2025
DMM/gja