Urgente

Guerra en el PP

La dirección del PP abre expediente informativo a Ayuso por "acusaciones gravísimas" contra Casado

- El artículo 11.1.H de los Estatutos permite suspenderla de militancia por "manifestación pública de discrepancia grave"

MADRID
SERVIMEDIA

La dirección nacional del Partido Popular anunció este jueves la apertura de un "expediente informativo" contra la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, por verter "acusaciones gravísimas" contra Pablo Casado y el resto de la organización e incluso adelantó que se reserva la capacidad para acordar en el futuro las "actuaciones oportunas".

Así lo anunció el secretario general del PP, Teodoro García Egea, durante una rueda de prensa en la sede nacional del partido después de que Ayuso convocara a las 13.30 horas una rueda de prensa en la sede de la Comunidad de Madrid en la Puerta del Sol para responder a las informaciones publicadas en los medios de comunicación sobre el supuesto intento de espionaje desde la dirección nacional contra el hermano de la presidenta autonómica.

La presidenta de la Comunidad de Madrid afirmó que “no puede haber nada más grave que acusar a alguien de la propia casa, con responsabilidades de gobierno, de corrupción. Y hacerlo sin pruebas metiendo por medio a mi familia, que nada tiene que ver con política”.

“Las declaraciones que durante toda la mañana están publicando los medios de comunicación y que provienen del entorno de Pablo Casado y que él no desmiente, son lo peor que se puede esperar de los políticos", añadió la presidenta.

Tras estas palabras, la dirección nacional del Partido Popular se acoge a la capacidad que le otorgan los Estatutos para iniciar el proceso de suspensión de militancia a cualquier afiliado que realice una "manifestación pública de discrepancia grave" contra Pablo Casado, al que ha culpado expresamente de estar tras las maniobras para espiar a su hermano por un contrato adjudicado desde el Gobierno regional.

Los Estatutos vigentes del PP, publicados en su página web y recogidos por Servimedia, establecen en el artículo 11 las situaciones por las que cualquier dirigente o militante de base puede incurrir en la "pérdida de la condición de afiliado".

En concreto, el artículo 11.1.H define que la suspensión de militancia puede producirse "por manifestación pública de discrepancia grave con la ideología, principios, o fines del Partido, realizada en actos de propaganda o comunicación política, reuniones públicas o a través de cualquier medio de comunicación escrito o audiovisual, redes sociales o de cualquier medio de difusión que garantice la publicidad del hecho".

(SERVIMEDIA)
17 Feb 2022
PAI/MFN/MJG/gja