Tribunales

El CGPJ incoa expediente disciplinario al magistrado de la Audiencia Nacional Eloy Velasco por desconsideración con Irene Montero

MADRID
SERVIMEDIA

La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) acordó este martes ordenar al Promotor de la Acción Disciplinaria, al amparo de lo dispuesto en el artículo 608.3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, la iniciación de un expediente disciplinario al magistrado de la Sala de Apelación de la Audiencia Nacional Eloy Velasco por una falta grave de desconsideración en relación con la exministra de Igualdad Irene Montero.

El asunto tiene relación con las manifestaciones realizadas por Velasco, el pasado 13 de noviembre de 2024, en un foro de debate en las que aludió a la eurodiputada de Podemos y exministra de Igualdad.

El Promotor había resuelto archivar la diligencia informativa incoada a raíz de las quejas recibidas por las declaraciones del magistrado, quien según varias informaciones periodísticas dijo lo siguiente: “De repente se creyeron que estaban enseñándonos el mundo. Nos intentaron explicar qué es consentir, a un jurista que llevamos desde el derecho romano sabiendo lo que es consentimiento. Y el expreso y el consentimiento tácito y los actos consecuentes. Y mil cosas más que nunca aprenderá Irene Montero desde su cajero de Mercadona ni nos podrá dar clases a los demás”.

En su resolución de archivo, el Promotor de la Acción Disciplinaria consideraba que esas manifestaciones carecen de relevancia disciplinaria porque fueron realizadas en un foro de debate, y, por tanto, al margen de la actuación judicial. Además, destacaba que en ese debate se abordaba un tema de actualidad: el consentimiento sobre el cual, desde determinados sectores, se venía polemizando en torno a las interpretaciones que el colectivo judicial hace de este concepto jurídico en el desempeño de su función jurisdiccional.

Además, señalaba que las manifestaciones tampoco encajan en la conducta que tipifica el artículo 417.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial que plantea una censura a dirigir a los poderes, autoridades o funcionarios públicos o corporaciones oficiales felicitaciones o censuras por sus actos, invocando la condición de juez o sirviéndose de esa condición, ya que no consta que el magistrado hiciese invocación expresa de su condición para formular su crítica ni que se sirviese de la misma.

La Comisión Permanente no comparte los argumentos del Promotor, por lo que acuerda ordenarle la incoación de expediente disciplinario al magistrado. La decisión se adoptó por mayoría, con el voto de calidad de la presidenta del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial, Isabel Perelló; y anunciaron la formulación de voto particular los vocales Pilar Jiménez Bados, José Eduardo Martínez Mediavilla, Isabel Revuelta y Alejandro Abascal.

(SERVIMEDIA)
14 Oct 2025
SGR/clc