Competencia
La CNMC desestima una petición de RTVE para que Uteca cese sus acusaciones por la publicidad del Mundial
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La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha inadmitido una solicitud de RTVE para que instara a Uteca, la patronal de televisiones privadas en abierto, a cesar en sus acusaciones y declaraciones públicas contra una supuesta ilegalidad de la comercialización publicitaria del Mundial de Fútbol por parte de la corporación.
La Sala de Supervisión Regulatoria de la CNMC ha aprobado un acuerdo, al que ha tenido acceso Servimedia, en el que da respuesta a la petición de intervención que le dirigió RTVE el pasado abril, después de que Uteca exigiera a la radiotelevisión estatal el fin de la contratación publicitaria del Mundial “sin límites”, que incurre en "una acción comercial ilegal y constitutiva de competencia desleal".
La patronal ha amenazado con acciones legales contra RTVE por la posible conculcación de la ley de financiación de RTVE, al no circunscribir su oferta comercial exclusivamente a los patrocinadores oficiales incluidos en los derechos de emisión del torneo.
La patronal ha amenazado con acciones legales contra RTVE por la posible conculcación de la ley de financiación de RTVE, al no circunscribir su oferta comercial exclusivamente a los patrocinadores oficiales incluidos en los derechos de emisión del torneo.
En su escrito a la CNMC, RTVE se quejó de que sus competidores privados le hagan acusaciones injustificadas, toda vez que se está ateniendo a la normativa que ampara la CNMC sobre este asunto.
Además, Prado del Rey responsabilizó a Uteca de estar haciendo "declaraciones públicas en las que pone en duda la legalidad de sus actuaciones, lo cual está afectando a las contrataciones publicitarias ofrecidas por RTVE”.
COMPETENCIAS
Sobre la comercialización publicitaria, la CNMC afirma que ya ha fijado con anterioridad su posición sobre este contencioso y esta no ha cambiado, con su interpretación de que RTVE puede estructurar fórmulas propias de patrocinio y comunicación comercial, siempre que se ajusten a los requisitos legales y estén articuladas necesariamente en torno a un contrato de patrocinio. También está supeditado a que los ingresos se destinen exclusivamente a la financiación de los costes de adquisición o producción del evento, y que se respete la prohibición de explotación publicitaria autónoma o desvinculada.
Respecto a la solicitud que le hace RTVE de que inste a Uteca a cesar en la realización y difusión de manifestaciones e imputaciones sobre la supuesta ilegalidad de su actuación comercial, Competencia concluye que “una pretensión de esta naturaleza excede el ámbito de competencias atribuidas a la CNMC”.
“Las discrepancias relativas al contenido, alcance o eventual incidencia de tales manifestaciones en la imagen, reputación o posición institucional de CRTVE se sitúan en un plano distinto al propio de la intervención administrativa de la CNMC, al no identificarse indicios suficientes de una infracción de la normativa cuya vigilancia corresponde a esta Comisión”, indica el acuerdo de la sala, que recuerda que RTVE puede ejercitar, en su caso, las acciones que estime oportunas ante los órganos competentes para la tutela de los derechos o intereses que considere afectados.
Con este acuerdo de la CNMC se agota la vía administrativa respecto a la petición de RTVE, aunque cabe la interposición de un recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional.
(SERVIMEDIA)
04 Jul 2026
JRN/nbc


