Competencia
La CNMC no aprecia distorsiones a la competencia por que Aena contrate con una filial suya la gestión del aeropuerto de Murcia
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La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha establecido que no existen distorsiones en materia de competencia por el hecho de que Aena contrate la operación, mantenimiento y explotación del aeropuerto de Murcia con su filial Ascairm, pues los precios parecen ajustarse al mercado, aunque avisa de que deberán corregirse si los servicios reales difieren de los previstos.
Las sociedades del Grupo Aena pertenecen al sector público, de forma que sus contratos deben respetar los principios generales de la contratación pública: publicidad, concurrencia, transparencia, confidencialidad, igualdad y no discriminación.
Desde 2021, la Ley de Contratos del Sector Público permite que las entidades del mismo grupo puedan adjudicarse contratos directamente siempre que se cumplan ciertos requisitos, entre ellos que no se alteren las condiciones de competencia en el mercado. Para garantizar este objetivo, Competencia recuerda que es obligatorio que, antes de que el contrato entre en vigor, se le remita una solicitud de valoración sobre su impacto en la competencia. Este informe no prejuzga otras actuaciones futuras en el ejercicio de las funciones de supervisión y sanción de la CNMC.
En este caso, la CNMC concluye que no se aprecian, a priori, distorsiones a la competencia ya que el contrato entre Aena y ASCAIRM analizado tiene como objeto atender ciertas necesidades de la actividad de la filial Ascairm. Además, señala que no hay indicios de que los precios de este contrato no sean de mercado. No obstante, deberán ajustarse al volumen real de servicios finalmente prestados.
Finalmente, el organismo dirigido por Cani Fernández establece que las cláusulas de cesión o subcontratación no desvirtúan la relación interna entre las sociedades que conforman el Grupo empresarial de acuerdo con el principio de neutralidad competitiva.
(SERVIMEDIA)
13 Ago 2025
DMM/pai