Justicia

El Consejo de Ministros remite al Congreso la ley que sancionará los 'deep fakes' y regulará los 'true crimes'

MADRID
SERVIMEDIA

El Consejo de Ministros, aprobó este martes, en segunda vuelta, el proyecto de ley orgánica de protección civil de los derechos al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen. Una norma, que ahora inicia su tramitación parlamentaria en el Congreso, que considera ilegítimo el uso sin autorización de la imagen o la voz de una persona que haya sido creada con Inteligencia Artificial ('deep fakes') y regulará los 'true crimes'.

Así lo confirmó el ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, en la rueda de prensa posterior a la reunión del Consejo de Ministros, donde hizo hincapié en que desde su aprobación en primera vuelta en enero como anteproyecto de ley, se ha "enriquecido" con informes preceptivos del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), el Consejo Fiscal, la Agencia Española de Protección de Datos, el Consejo de Estado y el Consejo de Consumidores y Usuarios.

Una ley que, como volvió a explicar Bolaños, reforma la de 1982, adaptándola tanto a los cambios legislativos en materia de propia imagen, derecho al honor e intimidad llevados a cabo desde ese año como a las nuevas tecnologías. De hecho, subrayó que hay un capítulo completo sobre la afectación que la Inteligencia Artificial (IA) puede tener en el derecho fundamental a la intimidad, a la imagen y al honor de las personas. Además, incluye modificaciones para proteger a las personas con discapacidad y a los menores en el mundo digital y regula el testamento digital y cómo se puede usar la imagen de una persona fallecida.

"Queremos devolver el poder sobre su propia imagen a los ciudadanos y quitarles parte de ese poder a los grandes oligarcas tecnológicos", señaló tajante el ministro antes de desglosar algunas de las novedades de esta norma.

NOVEDADES

Una de ellas se centra en las imágenes o vídeos que se comparten en las redes sociales, algo que no implicará renunciar a esa imagen. "Nadie podrá utilizar las imágenes que utilizamos en nuestras redes sociales personales para poderlas en otro contexto alejado de la finalidad que uno tenía cuando la cuelga en su propia red social", destacó el ministro. La excepción, detalló, es cuando esas imágenes se limiten a hechos de relevancia pública, preservando así el derecho a la libertad de expresión.

En cuanto a los menores, se fija en 16 años la edad para poder dar consentimiento en relación al uso de la propia imagen, mientras que en el caso de los jóvenes de 16 o 17 años, aunque haya consentimiento, seguirá habiendo una intromisión ilegítima en el honor de esa persona si resulta contrario al interés de ese menor. Asimismo, el Ministerio Fiscal será parte en todos los procedimientos que tengan que ver con menores en los procesos de protección del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen.

Al mismo tiempo, se regula el consentimiento de las personas con discapacidad, para que puedan hacerlo con los apoyos legales que se establecen en el Código Civil o también con la intervención del Ministerio Fiscal.

PERSONAS FALLECIDAS

En cuanto a las personas fallecidas, se reconoce la posibilidad de que la persona pueda dejar constancia a través de su testamento de la prohibición de utilizar su imagen o su voz con fines publicitarios o comerciales, de modo que se abre la posibilidad de designar a una persona para que pueda autorizar esos usos una vez que se haya producido el fallecimiento.

La norma también establece una nueva regulación para los denominados 'true crimes' para dar mayor protección a las víctimas de estos delitos. Así, se dicta que la revelación de detalles de un delito por parte de su autor que pueda causar una revictimización se considerará intromisión ilegítima en sus derechos. Así, el victimario no podrá utilizar el delito del que ha sido autor en una serie de televisión o en cualquier otro tipo de obra.

Tal y como detalló Bolaños, si hay una afectación al derecho al honor, a la intimidad o a la imagen de la víctima, será una injerencia ilegítima y se podrán adoptar medidas judiciales, cautelares o de fondo para suspender la comercialización de cualquier serie de televisión, libro o elemento audiovisual.

INTELIGENCIA ARTIFICIAL

Esta ley hace especial hincapié en la IA y, por ejemplo, considerará una intromisión ilegítima la utilización de la voz o la imagen de una persona con fines publicitarios o comerciales sin la debida autorización. Eso sí, puntualizó que "se mantiene un equilibrio razonable en materia de libertad de expresión y libertad creativa", por lo que se podrá utilizar en contextos creativos, satíricos o de ficción, informando que se ha utilizado la IA.

Por último, también se regulan los criterios para calcular las indemnizaciones, por lo que se tendrán en cuenta, entre otros, las repercusiones sociales, la reincidencia, la gravedad de las expresiones empleadas, la exposición previa del afectado o el prestigio de los medios de comunicación que hayan difundido la noticia.

Con todo esto, Bolaños quiso dejar claro que el Gobierno "pone freno" a prácticas que son "relativamente frecuentes" y en las que intervienen "oligarcas" y "depredadores de lo digital en redes", los cuales, incidió, "se apropian indebidamente de derechos de las personas".

(SERVIMEDIA)
07 Jul 2026
FCM/gja

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