EL CONSTITUCIONAL PROPONE LA REFORMA DE SU LEY ORGANICA PARA QUE LAS PARTES PUEDAN ALEGARLE DIRECTAMENTE

- La sentencia de Estrasburgo por el "caso Rumasa" plantea también la necesidad de liberar al TC de "cargas indebidas" ara que resuelva los casos más rápidamente

MADRID
SERVIMEDIA

La sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que ha reconocido a la familia de José María Ruiz-Mateos su derecho a ser oída por el Tribunal Constitucional (TC) español en su proceso por la expropiación de Rumasa, debería conducir a la reforma de la Ley Orgánica del TC, según declaró hoy el presidente de este Alto Tribunal, Miguel Rodríguez-Piñero.

La mencionada ley orgánica contempla que las alegaciones de las parts solamente se conozcan en las instancias judiciales previas, pero no en el Alto Tribunal, que se sirve de lo ya expuesto durante el proceso.

La Corte Europea, con sede en la ciudad francesa de Estrasburgo, sentenció que Ruiz-Mateos tiene derecho a ser oído por el Tribunal Constitucional.

"El TC va a reflexionar sobre la posibilidad de que en la cuestión de inconstitucionalidad no solamente se conozcan las alegaciones de las partes en el momento de plantearse la cuestión ante el órgano judicial",afirmó Rodríguez-Piñero.

El magistrado anunció que el pleno del Alto Tribunal ya ha convocado una reunión para estudiar la sentencia. El presidente del TC atribuyó a la "dificultad de encontrar una cultura común en Europa" el fallo adverso de Estrasburgo contra el Estado español.

CONCEPCION ANGLOSAJONA

Rodríguez-Piñero dijo que la concepción jurídica nórdica o anglosajona, más oral, ha pesado más en la Corte Europea de Derechos Humanos que la del sur del continente, defensora del procedimiento or escrito, hijo del Derecho Romano y Canónico.

Una segunda reflexión del presidente del TC es la necesidad de descargar de trabajo al Constitucional, que es el que más sentencias dicta al año del mundo (más de 300).

El Tribunal de Estrasburgo afirma en la sentencia que el proceso por la expropiación de Rumasa se demoró excesivamente en el tiempo, desde el 9 de mayo de 1983 hasta el 15 de enero de 1991.

Rodríguez-Piñero se preguntó si no habría que "hacer un replanteamiento de alguna de las argas indebidas que pueda tener hoy el TC, que responden a deficiencias a lo mejor de otros recursos previos, para responder más rápidamente a las demandas de justicia".

El magistrado no consideró un correctivo la decisión de la Corte Europea, sino que la valoró como un control externo que, como otras instancias de supervisión internas, beneficia a los sistemas democráticos.

(SERVIMEDIA)
23 Jun 1993
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